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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 58, miércoles 21 de marzo de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, INNOVACIÓN, COMERCIO Y TURISMO
1373

RESOLUCIÓN de 29 de diciembre de 2011, del Director de Energía y Minas, por la que autoriza la instalación y se aprueba el Proyecto de construcción de la línea eléctrica aérea a 132 kV, d/c, modificación de la línea aérea Ormaiztegi-Hernani 1 y 2, entre apoyos n.º 5 y 10, en el término municipal de Tolosa. Referencia: 24071/AT-H-2011-58.

ANTECEDENTES DE HECHO

Uno.– Con fecha 6 de mayo de 2011 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., con domicilio en Bilbao, calle Ribera de Axpe n.º 5 - Erandio (Bizkaia), solicitó Autorización Administrativa y aprobación del Proyecto de ejecución para la construcción de la línea eléctrica aérea y subterránea a 132 kV d/c, modificación de la línea aérea Ormaiztegi-Hernani 1 y 2, entre apoyos n.º 5 y 10, de referencia citada, en el término municipal de Tolosa.

Dos.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. en el BOPV con fecha 10-10-2011, en el BOG con fecha 2-08-2011 y en «El Diario Vasco» con fecha 2-08-2011.

Tres.– Con fecha de 18 de julio de 2011 se remitió oficio al Ayuntamiento de Tolosa, en el que se solicitó conformidad a la autorización solicitada y condicionado técnico en caso favorable.

Cuatro.– Con fecha de 11 de octubre de 2011 se recibió escrito del Ayuntamiento de Tolosa en el que se indicaba que se podía informar favorablemente a la modificación, pero que se había detectado que en el proyecto faltaba la documentación referente a todos lo propietarios afectados así como toda información necesaria en cuanto a propiedades y titularidades afectadas, así como la tramitación de todos los expedientes de expropiación y ocupaciones necesarios; por lo que se solicitaba la documentación referida.

Cinco.– Con fecha de 14 de octubre de 2011 se dio traslado a la empresa peticionaria Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. del escrito presentado por el Ayuntamiento de Tolosa para que formulara las contestaciones que estimara oportunas.

Seis.– Con fecha de 26 de octubre de 2011, la empresa peticionaria Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. presentó escrito en el que indicaba que la modificación venía causada por la construcción de la plataforma de la nueva red ferroviaria del País Vasco en el tramo «Tolosa-Hernialde» del Sector Este del ramal guipuzcoano, por lo que se trataría de una variación de tendido como consecuencia de proyectos o planes aprobados por la administración, supuesto recogido en el artículo 154 del RD 1955/2000, de 1 de diciembre y por tanto se trataría de una reposición de servicios existentes, debiendo ser facilitados por la administración actuante los terrenos donde ubicar el nuevo trazado, no siendo necesario solicitar la declaración de utilidad pública en concreto para la modificación prevista.

Siete.– Con fecha de 28 de octubre de 2011 se dio traslado de la contestación al Ayuntamiento de Tolosa y no presentó informe.

Ocho.– Con fecha 5 de enero de 2011 se remitió oficio a la Diputación Foral de Gipuzkoa, a Telefónica, a Gipuzkoako Urak, S.A. y a URA-Agencia Vasca del Agua, en el que se les solicitó conformidad a la autorización solicitada y condicionado técnico en caso favorable.

Nueve.– Gipuzkoa Urak, S.A. y URA-Agencia Vasca del Agua, reiterada la petición de informe, no contestaron a la misma.

Diez.– Con fecha 9 de agosto de 2011 Telefónica, S.A. informó favorablemente, imponiendo un condicionado técnico.

Once.– Habiendo dado traslado del condicionado a la empresa peticionaria Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U., ésta contestó aceptando dicho condicionado.

Doce.– La Diputación Foral de Gipuzkoa manifestó su conformidad al proyecto presentado.

Trece.– Dentro del período de información pública establecido al efecto no han tenido entrada alegaciones.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Uno.– En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

Dos.– El Director de Energía y Minas, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 514/2009, de 22 de septiembre, por el que se establece la estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (BOPV 24-09-2009).

RESUELVE:

Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.U. la instalación y aprobar el Proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea y subterránea a 132 kV, d/c, modificación de la línea aérea Ormaiztegi-Hernani 1 y 2, entre apoyos n.º 5 y 10, entre apoyos n.º 5 y 10, en el término municipal de Tolosa, de las siguientes características principales:

– Tensión de servicio: 132 kV.

– Conductores: 6 LA 280 (HAWK) en disposición hexagonal.

– Apoyos: acero.

– Longitud: 1.987,48 m.

– Origen: Apoyo n.º 5 de la línea Ormaiztegi-Hernani.

– Final: Apoyo n.º 10 de la línea Ormaiztegi-Hernani.

Esta Resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 282/2002 de 3 de diciembre (BOPV 23-12-2002) y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las medidas preventivas y correctoras recogidas en el Documento Ambiental de fecha 31 de agosto de 2010 y con la comunicación del Director de Calidad Ambiental de fecha 8 de noviembre de 2010 y con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.

2.– El plazo de puesta en marcha será de un año, contado a partir de la presente resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Delegación Territorial, a efectos de reconocimiento definitivo y la extensión del Acta de Puesta en Marcha.

La presente resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Industria y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta Resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de diciembre de 2011.

El Director de Energía y Minas,

JORGE JUAN LETAMENDIA BELZUNCE.


Análisis documental