N.º 58, miércoles 21 de marzo de 2012
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OTRAS DISPOSICIONES
Justicia y Administración Pública
1372
DECRETO 40/2012, de 20 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración de la Comunidad Autónoma (personal eventual).
Mediante Decreto 226/1997, de 14 de octubre, se aprobaron las relaciones de puestos de trabajo reservados a funcionarios de carrera y a personal laboral. Este Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones.
La Ley 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca, en su artículo 14 establece que las relaciones de puestos de trabajo deberán incluir la totalidad de los existentes que se hallen dotados presupuestariamente, distinguiendo los reservados a funcionarios, a personal laboral fijo y personal eventual. Para dar cumplimiento a dicho precepto se procedió a la publicación del Decreto 44/2007, de 20 de marzo, de modificación del Decreto por el que se aprueban las relaciones de puestos de trabajo de los Departamentos y Organismos Autónomos de la Administración General de la Comunidad Autónoma, por el que se aprobaron las relaciones de puestos reservados a personal eventual, que sustituyó al Decreto 92/2005, de 19 de abril, declarado nulo por sentencia de 12 de enero de 2006, de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Dicho Decreto ha sido objeto de diversas modificaciones posteriores, siendo la más importante la producida por Decreto 464/2009, de 21 de julio.
Las relaciones de puestos de trabajo se configuran como un instrumento de ordenación de las estructuras internas de la Administración, por lo que se debe proceder a la incorporación periódica de aquellas modificaciones que, tramitadas conforme a los procedimientos vigentes, han sido favorablemente resueltas, todo ello a efectos de dar cumplimiento a lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2002 que aprueba la propuesta de regulación general y estructural del régimen jurídico del personal eventual al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en relación con el artículo 18 de la Ley 6/1989, de 6 de julio.
La presente relación de puestos de trabajo especifica las características esenciales, los requisitos exigidos para su desempeño y las precisiones necesarias respecto al régimen retributivo de los puestos, conforme establece el artículo 5.4 del Decreto 78/2005, de 12 de abril, por el que se regulan las relaciones de puestos de trabajo de la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus Organismos Autónomos, según la redacción dada por el Decreto 6/2007, de 16 de enero, que, por un lado, responde a lo previsto en el fallo de la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2005, y, por otro, unifica las previsiones contenidas en el artículo 15 de la Ley 6/1989, de 6 de julio y en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 30 de julio de 2002.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el día 20 de marzo de 2012,
DISPONGO:
Artículo único.- Aprobar las modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo reservados a personal eventual, que se contienen en el anexo al presente Decreto, aprobadas mediante Decreto 44/2007, de 20 de marzo y sus posteriores modificaciones.
DISPOSICIÓN FINAL
El presente Decreto surtirá efectos el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 20 de marzo de 2012.
La Lehendakari en funciones,
MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.
La Consejera de Justicia y Administración Pública,
IDOIA MENDIA CUEVA.
ANEXO AL DECRETO 40/2012, DE 20 DE MARZO
ERANSKINA / ANEXO
(Véase el .PDF)