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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 50, viernes 9 de marzo de 2012


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OTRAS DISPOSICIONES

Presidencia del Gobierno
1140

RESOLUCIÓN 12/2012, de 29 de febrero, de la Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno «por el que se designa al representante titular de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos y a su suplente».

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 28 de febrero de 2012, el Acuerdo «por el que se designa al representante titular de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos y a su suplente», y a los efectos de darle la publicidad debida,

RESUELVO:

Artículo único.- Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo «por el que se designa al representante titular de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos y a su suplente», que figura como anexo a la presente.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de febrero de 2012.

La Directora de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento,

M.ª JESÚS CARMEN SAN JOSÉ LÓPEZ.

ANEXO A LA RESOLUCIÓN 12/2012, DE 29 DE FEBRERO, DE LA DIRECTORA DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO

ACUERDO POR EL QUE SE DESIGNA AL REPRESENTANTE TITULAR DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI EN EL CONSORCIO DE LA COMUNIDAD DE TRABAJO DE LOS PIRINEOS Y A SU SUPLENTE

La Región Aquitaine, la Comunidad Autónoma de Aragón, la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Comunidad Autónoma de Euskadi, la Región Languedoc-Rousillon, la Región Midi-Pyrénées, la Comunidad Foral de Navarra, así como Andorra, constituyeron la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, mediante Protocolo adoptado el 15 de abril de 1983 y firmado en Pau el 4 de noviembre del mismo año.

El 10 de marzo de 1995 los miembros de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, a excepción de Andorra, decidieron formalizar en Bayona, un convenio interadministrativo para la creación del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, con el fin de impulsar y potenciar la cooperación y la actuación común ya existentes entre ellos.

El Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos es una entidad de derecho público dotada de personalidad jurídica propia, regida por sus propios estatutos y sometida al ordenamiento jurídico público español. Su ámbito territorial se corresponde con en territorio de las entidades que lo integran.

El artículo 7.2 de los Estatutos del Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos, establece que el Comité Ejecutivo está integrado por un representante titular y un suplente de cada una de las entidades consorciadas, ambos designados de acuerdo con los procedimientos y por el período que decida cada entidad.

En la actualidad las personas designadas como representantes titular y suplente de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos son Rafael Hueso Vicent (por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 1 de julio de 2008) e Iñaki Beristain Etxabe (por Acuerdo de 14 de noviembre de 2006) respectivamente.

Tras la incorporación, producida en 2011, de Miguel Angel Crespo Rico como Delegado de Cooperación Transfronteriza, la Secretaría General de Acción Exterior ha manifestado la oportunidad de nombrar a Miguel Angel Crespo Rico representante titular en sustitución de Rafael Hueso Vicent y a Koldo Hualde Mayo, Director de Economía y Planificación, representante suplente, en sustitución de Iñaki Beristain Etxabe.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta del Lehendakari, previa deliberación, adopta el siguiente

ACUERDO

«Primero.- Designar representante titular de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos a Miguel Angel Crespo Rico en sustitución de Rafael Hueso Vicent.

Segundo.- Designar representante suplente de la Comunidad Autónoma de Euskadi en el Consorcio de la Comunidad de Trabajo de los Pirineos a Koldo Hualde Mayo en sustitución de Iñaki Beristain Etxabe.

Tercero.- Por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento se ordenará la publicación del presente Acuerdo en el Boletín Oficial del País Vasco».


Análisis documental