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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 42, martes 28 de febrero de 2012


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
928

RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2012, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición y convalidación de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de nivel básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 233 y 234.

Vista:

1.- la documentación remitida por la Escuela Agraria de Fraisoro sobre el desarrollo y el nivel de aprovechamiento de los asistentes al curso de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola, de nivel básico, dirigido a los fruticultores de Gipuzkoa.

2.- la documentación remitida por la Escuela Agraria de Arkaute sobre el desarrollo y el nivel de aprovechamiento de los asistentes al curso de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola, de nivel básico, dirigido a los jardineros de Álava.

3.- la documentación para la convalidación de los estudios de Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Agrícola y de los estudios de Técnico Superior en Gestión y Organización de los recursos naturales y paisajísticos, con el fin de expedir los carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola, de nivel cualificado.

Considerando que:

Primero.- El contenido de los mencionados cursos se corresponde con los programas que figuran en el anexo de la Orden PRE 2922/2005.

Segundo.- La Orden de 8 de marzo de 1994, del Ministerio de la Presidencia, que regula la homologación de cursos de capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas de uso agrícola, en su disposición tercera, apartado segundo, establece que los titulados universitarios superiores y medios de las ramas agrícolas y forestal quedan exentos del requisito de posesión del carné a que se refiere el punto uno para la realización de tratamiento fitosanitarios

Tercero.- Reúnen los requisitos establecidos en la Orden de 8 de marzo de 1994, del Ministerio de la Presidencia, modificada por Orden PRE 2922/2005, de 19 de septiembre de 2005.

Cuarto.- Que la Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable

Visto el artículo 3 de la 0rden de 21 de agosto de 2006, del Consejero de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se regula la acreditación de la capacitación para realizar tratamientos con plaguicidas de uso agrícola y se dictan normas par la organización, homologación y convalidación de cursos,

RESUELVO:

Primero.- Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:

1.- De nivel básico del curso 233 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo I a la presente Resolución.

2.- De nivel básico del curso 234 en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo II a la presente Resolución.

3.- De nivel cualificado por convalidación de estudios de Ingeniero Agrónomo, Ingeniero Técnico Agrícola y de los estudios de Técnico Superior en Gestión y Organización de los recursos naturales y paisajísticos, en favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como anexo III.

Segundo.- Contra la presente Resolución los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura y Desarrollo Rural en el plazo de un mes a contar desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de enero de 2012.

La Directora de Agricultura y Ganadería,

MARÍA PILAR SANTAMARÍA MARTÍNEZ.

(Véase el .PDF)


Análisis documental