N.º 102, martes 31 de mayo de 2011
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RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se resuelven las solicitudes de subvención a Galerías de Arte de la Comunidad del País Vasco para el alquiler de stands en la feria internacional de Arte Arco.
ANTECEDENTES
Con fecha de 18 de marzo 2011 se publicó en el BOPV la Resolución de 23 de febrero de 2011, de la Directora del Instituto Vasco Etxepare, por la que se establece el régimen de concesión de subvenciones a galerías de arte de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el alquiler de stands en ferias internacionales de arte.
En su virtud, y en el ejercicio de las funciones atribuidas por el artículo 11 de la Resolución,
RESUELVO:
Primero.- Conceder subvenciones a las personas y entidades relacionadas en el anexo I por las cuantías en el mismo señaladas, dado que no rebasan en ningún caso el límite máximo del importe de la subvención por feria y galería.
Segundo.- El pago de las subvenciones concedidas se realizará mediante un único pago y tras la ejecución y debida justificación de la actividad realizada en los términos señalados en el artículo 15 de la Resolución.
Tercero.- Constituirán supuestos de incumplimiento los previstos en el artículo 16 de la referida Resolución. La constatación de la existencia de alguno de ellos determinará, en los términos y previo cumplimiento de lo previsto en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y en su caso del Decreto 698/1991, de 17 de diciembre, la obligación de reintegrar al Instituto Vasco Etxepare las cantidades percibidas, más los intereses legales que procedan.
Cuarto.- La presente Resolución será comunicada individualmente a todos los interesados o interesadas, sin perjuicio de su publicación en el BOPV.
Quinto.- El total de las subvenciones y los beneficiarios o beneficiarias de las mismas deberán publicarse en el Boletín Oficial del País Vasco.
Sexto.- Los beneficiarios o beneficiarias de las subvenciones concedidas quedan obligados a hacer mención expresa del patrocinio del Instituto Vasco Etxepare en cuanto material impreso, gráfico, sonoro o informático publiquen con motivo de la actividad subvencionada, a partir de la fecha de recepción de esta Resolución.
Séptimo.- Las ayudas concedidas al amparo del presente programa tienen carácter de mínimis, en base al Reglamento 1998/2006, de 15 de diciembre, de la Comisión.
Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de reposición ante la Directora del Instituto Vasco Etxepare, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en el artículo 114 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
En Donostia-San Sebastián, a 9 de mayo de 2011.
La Directora del Instituto Vasco Etxepare,
MARÍA AITZPEA GOENAGA MENDIOLA.
I ERANSKINA / ANEXO I
Diru-laguntza jasoko duten eskatzaileen zerrenda
Relación de solicitantes a los que se les concede subvención
Eskatzailea
Solicitante Jarduera
Actividad Emandako diru-laguntza
Subvención concedida
Carreras Mugica, S.L. Arco, Madrid 8.000 €
Trayecto Aplicaciones Culturales, S.L. Arco, Madrid 8.000 €
Galería Vanguardia, S.L. Arco, Madrid 8.000 €
Altxerri, S.L. Arco, Madrid 8.000 €