N.º 102, martes 31 de mayo de 2011
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Educación, Universidades e Investigación
2865
RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2011, del Director de Innovación Educativa, por la que se otorgan subvenciones para el año 2011 a entidades sin ánimo de lucro que deseen continuar o iniciar su colaboración con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, en el desarrollo, en el ámbito escolar, de actividades dirigidas al alumnado gitano.
De acuerdo con lo establecido en la Orden de 15 de febrero de 2011, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca a entidades sin ánimo de lucro, que deseen continuar o iniciar su colaboración con el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, en el desarrollo en el ámbito escolar, de actividades educativas dirigidas al Alumnado Gitano.
Habiendo revisado los expedientes de solicitud presentados y analizado la propuesta de la Comisión de Evaluación, en aplicación de los artículos 7 y 8 de la Orden de convocatoria,
RESUELVO:
Primero.- Conceder, para el ejercicio de 2011, las siguientes subvenciones a las asociaciones y por el importe que en cada caso se detalla:
Elkartea
Asociación Lurraldea
Territorio Gehieneko diru-laguntza
Subvención máxima
Gao Lacho Drom Araba/Álava 81.550
Kale dor Kayiko Gipuzkoa 113.320
Kale dor Kayiko Bizkaia 217.417
Iniciativa Gitana Bizkaia 72.033
Segundo.- Abono de la subvención.
Las entidades, en concepto de reintegro de gastos soportados, podrán solicitar en los meses de mayo y septiembre, la percepción de pagos parciales por las cuantías máximas que se señalan a continuación:
Elkartea
Asociación Lurraldea
Territorio Maiatza
Mayo Iraila
Septiembre
Gao Lacho Drom Araba/Álava 27.183,33 27.183,33
Kale dor Kayiko Gipuzkoa 37.773,33 37.773,33
Kale dor Kayiko Bizkaia 72.472,33 72.472,33
Iniciativa Gitana Bizkaia 24.011,00 24.011,00
Tales pagos precisarán la justificación de gastos soportados en los periodos del 1 de enero a 30 de abril o del 1 de mayo al 31 de agosto.
La liquidación final, con justificación de los gastos pendientes de reintegro, esto es, los soportados entre el de 1 de septiembre y el 31 de diciembre, se realizará una vez presentadas, además, una memoria de las actividades realizadas durante el año. Tal memoria, deberá incluir el desglose pormenorizado de todos los ingresos y gastos habidos en el desarrollo del proyecto.
La documentación citada en el punto anterior, deberá presentarse ante la Dirección de Innovación Educativa, antes del 15 de enero de 2012 y deberá contar con la aprobación expresa de la Comisión de valoración.
Tercero.- Declarar excluidas a las entidades siguientes por las razones expresadas:
- Asociación de Mujeres Gitanas del País Vasco Chanelamos Adikerar Baloraziorako a) atalean 5 puntu ez lortzeagatik (7.2 artikulua)
Por no conseguir 5 puntos en el apartado a) de la puntuación (artículo 7.2)
- Asociación Promoción Pueblo Gitano Mestimós Balorazioako a) atalean 5 puntu ez lortzeagatik (7.2 artikulua)
Por no conseguir 5 puntos en el apartado a) de la puntuación (artículo 7.2)
- Asociación Gitana por el Futuro de Gipuzkoa Baloraziorako a) atalean 5 puntu ez lortzeagatik (7.2 artikulua)
Por no conseguir 5 puntos en el apartado a) de la puntuación (artículo 7.2)
DISPOSICIÓN FINAL
Contra la presente Resolución se podrá presentar recurso de alzada ante la Viceconsejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de mayo de 2011.
El Director de Innovación Educativa,
CÁNDIDO HERNÁNDEZ GARDUÑO.