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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 70, lunes 11 de abril de 2011


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Cultura
2076

ANUNCIO por el que se notifica a la entidad Aztarnak 2000, S.L. la Resolución de 8 de febrero de 2011, de la Viceconsejera de Política Lingüística, por la que se anula la subvención adjudicada por Resolución de 26 de agosto de 2009 a Aztarnak 2000, S.L.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación personal de la referida Resolución a Aztarnak 2000, S.L. (Donostia-San Sebastián), se procede a su publicación, transcribiéndose íntegramente su contenido:

«Resolución de 8 de febrero de 2011 de la Viceconsejera de Política Lingüística que anula la subvención concedida a Aztarnak 2000, S.L. para el desarrollo del plan de uso al amparo de la Orden de 24 de diciembre de 2008 (BOPV de 26 de diciembre de 2008, número 247, fascículo II, Subvenciones para los programas gestionados por la Viceconsejería de Política Lingüística para el año 2009).

ANTECEDENTES

1.- La Consejera de Cultura reguló la concesión de subvenciones para el año 2009 para los programas gestionados por la Viceconsejería de Cultura por medio de la Orden de 24 de diciembre de 2008 (BOPV de 26 de diciembre de 2008, número 247, fascículo II).

2.- La Resolución de la Viceconsejera de Política Lingüística de las ayudas concedidas fue tomada el 26 de agosto de 2009 (BOPV, 23 de septiembre de 2009, número 183).

3.- Por medio de dicha Resolución fue concedida una ayuda de 12.921,98 euros a Aztarnak 2000, S.L. para el desarrollo plan de uso (Lanhitz deialdia, LHT-200900/0115).

4.- El pago de dicha ayuda se realizó tal y como dispone el artículo 12 de la Orden citada en el punto primero. Se dispuso el pago del 50% del total concedido (6.460,99 euros) tras la publicación de la resolución. El restante importe (6.460,99 euros) se debía abonar tras la verificación del proyecto subvencionado y la justificación económica del mismo.

5.- Por diversos motivos, Aztarnak 2000, S.L. renunció a dicha subvención expresamente mediante carta remitida a la Dirección de Coordinación el 25 de febrero de 2010.

RESUELVO:

Primero.- Aceptar la solicitud de renunciar el importe concedido a Aztarnak 2000, S.L. para el desarrollo del plan de uso.

Segundo.- Anular la subvención concedida para el desarrollo del plan de uso de Aztarnak 2000, S.L.

Tercero.- Solicitar a Aztarnak 2000, S.L. el reintegro del importe del primer pago de la subvención señalada en el cuarto antecedente, así como el pago de los intereses correspondientes (286,05 euros) al importe cobrado.

Cuarto.- Dar conocimiento de esta Resolución a Aztarnak 2000, S.L., la cual no concluye la vía administrativa y ante la cual la interesada puede presentar recurso de alzada ante la Consejera de Cultura en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a la recepción de la misma».

Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, a los efectos previstos en el artículo 59.4, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 21 de marzo de 2011.

El Director de Coordinación,

IVÁN IGARTUA UGARTE.


Análisis documental