N.º 58, jueves 24 de marzo de 2011
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Tolosa
1663
EDICTO dimanante del procedimento ordinario n.º 429/09.
Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Tolosa (Gipuzkoa).
Juicio: pro. ordinario L2 429/09.
Demandante: Banco de Santander, S.A.
Abogado: Jose Manuel Cortes Tames.
Procurador: Navajas.
Demandado: Renato Emidio da Silva Guimaraes.
Sobre: juicio ordinario.
En el referido juicio se ha dictado el 21-10-2010 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Estimar la demanda interpuesta por D. Iñigo Navajas Saiz, Procurador de los Tribunales y de Banco Santander, S.A., frente a Renato Emidio Silva Guimares, en rebeldía procesal, y se condena a este último al pago de diez mil trescientos veinte euros con veintiocho céntimos (10.320,28), de principal, más los intereses de dicha suma al tipo pactado.
Con expresa imposición de costas a la parte demandada.
Notifíquese a las partes la presente Resolución con la advertencia de que la misma no es firme, y que contra ella cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa, que deberá preparar por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días, a tenor de lo dispuesto en el artículo 457 LEC debiéndose, para la admisión a trámite del mismo, haber constituido depósito de 50 euros, en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del juzgado, según Ley Orgánica 1/2009, lo cual deberá de ser acreditado.
Así por esta mi sentencia, de la que se llevará testimonio a los autos de su razón, y en nombre de SM El Rey, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Renato Emidio da Silva Guimaraes y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este tribunal.
En Tolosa (Gipuzkoa), a 22 de noviembre de 2010.
LA SECRETARIO JUDICIAL.