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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 37, miércoles 23 de febrero de 2011


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Administración de Justicia

Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Bilbao
959

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 644/09 seguido sobre reclamación de cantidad en responsabilidad personal del administrador social.

Juzgado de lo mercantil n.º 1 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Procedimiento ordinario 644/09.

Demandante: BCN Bobine Film, S.L.

Abogado: Luis Iribarren Ribas.

Procurador: Paula Basterreche Arcocha.

Demandado: Plastienvas, S.L.

Sobre: orden responsabilidad administrativa.

En el referido juicio se ha dictado, el 29 de octubre de 2010, sentencia cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:

SENTENCIA N.º 233/10

En Bilbao, a 29 de octubre 2010.

Procedimiento: J. Ordinario 644/09.

Demandante: BCN Bone Film, S.L.

Procuradora: Paula Basterreche.

Letrado: Luis Iribarren.

Demandados: Plastienvas, S.L. y José Manuel Vázquez Ovejas (en situación de rebeldía procesal).

Procurador.

Letrado.

Sobre: reclamación de cantidad, responsabilidad personal del administrador social.

Vistos por mí, Marcos Bermúdez Avila, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Bilbao, los presentes autos.

FALLO

Debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por BCN Bibine Film, S.L. contra Plastienvas, S.L. y José Manuel Vázquez Ovejas referida en el encabezamiento de esta Resolución, y, en su consecuencia, condeno a los demandado a que abonen solidariamente a la mercantil demandante la suma de 157.432,77 euros más los intereses legales fijados en la Ley 3/2004, así como al pago de las costas procesales.

Notifíquese la sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra ella podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días. Expídase testimonio de ella, para su unión a los autos, y archívese el original en el legajo correspondiente.

Así lo mando y firmo.

Publicación.- Leída y publicada la anterior sentencia el día de su fecha.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado José Manuel Vázquez Ovejas y Plastienvas, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha Resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación.

El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría Oficina Judicial de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 2 de noviembre de 2010.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental