N.º 37, miércoles 23 de febrero de 2011
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Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca
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DECRETO 20/2011, de 15 de febrero, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el «Proyecto de trazado del tramo de vía ciclista-peatonal Añorga Txiki-Rekalde (itinerario n.º 2: Donostia-San Sebastián-Mutriku)», en Donostia-San Sebastián.
Mediante Orden Foral de fecha 12 de marzo de 2009 del Diputado de Desarrollo Sostenible se acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del «Proyecto de trazado del tramo de vía ciclista-peatonal Añorga Txiki-Rekalde (itinerario n.º 2: Donostia-San Sebastián-Mutriku)» y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública. Posteriormente el Consejo de Diputados en su sesión de 9 de noviembre de 2010 acordó declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, y solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgencia de las obras a efectos de que la ocupación de los citados bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio pueda realizarse conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado alegaciones, según consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo para la tramitación del expediente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
La necesidad de que vayan cumpliéndose, con la mayor brevedad posible, los objetivos previstos en el futuro Plan Territorial Sectorial de Vías Ciclistas de Gipuzkoa.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano, correspondiendo al Consejero del entonces Departamento de Urbanismo, Vivienda y Medio Ambiente, de acuerdo con lo establecido en el artículo 26.2 del mismo texto legal, elevar al Consejo de Gobierno la correspondiente propuesta.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 15 de febrero de 2011,
DISPONGO:
Artículo único.- De conformidad con lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de Expropiación Forzosa y 26 de la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, se declara urgente la ocupación por la Diputación Foral de Gipuzkoa, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados e individualizados en la relación obrante en el expediente instruido al efecto y necesarios para la ejecución del «Proyecto de trazado del tramo de vía ciclista-peatonal Añorga Txiki-Rekalde (itinerario n.º 2: Donostia-San Sebastián-Mutriku)».
DISPOSICIÓN FINAL
Contra el presente Decreto, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, previamente, en su caso, recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 15 de febrero de 2011.
El Lehendakari,
FRANCISCO JAVIER LÓPEZ ÁLVAREZ.
La Consejera de Medio Ambiente,
Planificación Territorial, Agricultura y Pesca,
MARÍA DEL PILAR UNZALU PÉREZ DE EULATE.