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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 247, lunes 27 de diciembre de 2010


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 12 de Bilbao
6412

EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 770/07

Juzgado de Primera Instancia n.º 12 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Pro. ordinario L2 770/07.

Demandante: Maria Concepción Herrero Camba.

Abogado: Ignacio Gamero Delgado.

Procurador: Idoia Gutiérrez Aretxabaleta.

Demandado: Oscar David Gonzalo Zabala.

Sobre: juicio ordinario.

En el referido juicio se ha dictado Sentencia 50/09 cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora de los tribunales, D.ª Idoia Gutiérrez Arechabaleta, en nombre y representación de D.ª María Concepción Herrero Camba, debo condenar y condeno a la parte demandada, D. Óscar David Gonzalo Zabala, en situación procesal de rebeldía, al abono de la suma de diez mil quince euros con ocho céntimos (10.015,08) de euros.

Deberán abonarse en concepto de intereses el interés legal desde la interposición de la demanda, y un interés anual igual al del interés legal del dinero incrementado en dos puntos desde la fecha de la sentencia dictada en primera instancia. Asimismo deberá la parte demandada abonar las costas en su totalidad.

Conforme al artículo 457 de la LECn, contra esta sentencia puede interponerse ante este Juzgado recurso de apelación en el término de cinco días desde su notificación, mediante escrito de preparación en el que se citará la Resolución apelada y se indicarán los pronunciamientos que impugna.

Así por ésta mi sentencia, que se notificará las partes en legal forma, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Oscar David Gonzalo Zabala y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada Resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma.

Contra dicha Resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la Resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

Para interponer el recurso será necesaria la constitución de un depósito de 50 euros, sin cuyo requisito no será admitido a trámite. El depósito se constituirá consignando dicho importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones que este Juzgado tiene abierta en el grupo Banesto (Banco Español de Crédito) con el número 4726 0000 00 077007, indicando en el campo concepto del resguardo de ingreso que se trata de un «Recurso» código 02-Apelación. La consignación deberá ser acreditada al preparar el recurso (disposición adicional 15.ª de la LOPJ).

Están exentos de constituir el depósito para recurrir los incluidos en el apartado 5 de la disposición citada y quienes tengan reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita.

El texto completo de la Resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 30 de marzo de 2010.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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