N.º 205, lunes 25 de octubre de 2010
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SPRI, S.A.
4919
ANUNCIO de modificación del Programa «Renove Máquina-Herramienta».
El Consejo de Administración de Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. en su reunión de 8 de octubre de 2010 aprobó la modificación de los artículos 4 y artículo 7.-, así como la inclusión de una nueva topología de máquina a incluir en el listado del anexo I de la normativa del Programa Renove Máquina-Herramienta, publicada en el BOPV de 3 de junio de 2010.
Tras las modificaciones acordadas los citados artículos quedarán redactados como sigue:
Artículo 4.- Hecho subvencionable.
Tendrá la consideración de hecho subvencionable la adquisición de maquinaria nueva, acreditada mediante pedido aceptado por las partes y pago de al menos el 5% del importe de la factura, con posterioridad a la publicación del presente Programa en el Boletín Oficial del País Vasco, y durante el plazo abierto para la presentación de solicitud de ayudas.
La maquinaria deberá cumplir con las siguientes especificaciones y características:
a) Tratarse una máquina-herramienta para trabajar materiales sólidos (excluidos madera y piedra) principalmente metales, en frío por arranque o deformación, así como máquinas de metrología para piezas realizadas en máquina-herramienta. En el anexo I se establece tipo de máquina que entra dentro de esta definición.
b) Los accesorios, componentes e instalaciones de automatización serán subvencionables, siempre y cuando se adquieran junto con la compra de una maquina descrita en el punto anterior.
c) La maquinaria nueva deberá de tener un importe de compra mínimo de 90.000 euros (IVA excluido) y estar afecta al proceso productivo de la explotación económica de la entidad solicitante, y así mismo, deberá será suministrada e instalada en la empresa beneficiaria.
d) La inversión no deberá haberse acogido para la misma máquina-herramienta al Programa «Modernización de Equipos Productivos (MEP)» de SPRI, S.A.
e) La inversión, podrá financiarse mediante arrendamiento financiero y será considerada subvencionable, siempre y cuando la empresa se comprometa expresamente a ejercitar la opción de compra correspondiente ante la entidad financiera con la que realice la operación.
Las actuaciones objeto de subvención deberán realizarse en el ejercicio económico en que se presenta la solicitud.
Artículo 7.- Plazo de duración de las Ayudas.
Se admitirán solicitudes de ayuda para las adquisiciones de los conceptos que recoge el hecho subvencionable que se realicen desde la publicación de este programa en el Boletín Oficial del País Vasco, hasta el 31 de diciembre de 2010 (ambos inclusive), o hasta el agotamiento del presupuesto destinado al presente Programa por Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. En consecuencia, en caso de que con anterioridad al 31 de diciembre 2010 se agoten los fondos presupuestarios, el plazo para la solicitud de ayudas finalizará en el momento en que se registre la solicitud que provoque dicho agotamiento.
El presupuesto asignado para las ayudas relativas a la adquisición de máquinas de metrología para piezas realizadas en máquina-herramienta, será de un millón de euros.
Se dará publicidad del agotamiento del crédito en la dirección de Internet www.spri.es.
Las solicitudes que estuvieran ya presentadas y en tramitación, que no pudieran ser atendidas por agotamiento de la dotación presupuestaria asignada, serán denegadas, por tal motivo, mediante resolución del órgano competente.
La nueva topología de máquina a incluir en el listado del anexo I de la normativa del programa es la siguiente:
44.00 Metrología
44.01 Máquinas de control dimensional por contacto
44.02
Dispositivos para medición y ensayo
Sistemas de medición dimensional sin contacto
Sistemas de verificación de máquina de control dimensional y máquina-herramienta
Bilbao, a 8 de octubre de 2010.
El Director General,
TOMAS ORBEA CELAYA.