N.º 151, lunes 9 de agosto de 2010
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Justicia y Administración Pública
3724
DECRETO 214/2010, de 27 de julio, por el que se reconoce como de utilidad pública a la Asociación ONG Lorenzo Galdós S.J.
El artículo 42 de la Ley 7/2007, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi, establece que podrán ser reconocidas como de Utilidad Pública, las asociaciones inscritas en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, que contribuyan mediante el desarrollo de sus actividades, a la consecución del interés general o del bien común realizando de manera significativa los valores de generosidad, altruismo, solidaridad y pluralismo.
A su amparo, la Asociación ONG Lorenzo Galdós S.J. ha solicitado la declaración mencionada, por entender que las actividades que desarrolla en el ámbito de la exclusión social la hacen merecedora del reconocimiento como entidad de Utilidad Pública.
La Asociación solicitante es una entidad constituida el 2 de noviembre de 2005 e inscrita en virtud de la Resolución dictada el 14 de noviembre de 2005 por la Dirección de Estudios y Régimen Jurídico del Departamento de Justicia, Trabajo y Seguridad Social. Figura inscrita en el Registro General de Asociaciones del País Vasco con el número de registro AS/G/12151/2005.
El ámbito territorial en el que desarrollará sus funciones principalmente comprende el la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Desde su constitución, la Asociación ONG Lorenzo Galdós S.J. realiza todas las actividades precisas para la consecución de sus fines principales que son la realización de proyectos sociales y de desarrollo en el sur de Gujerat (India). Todas las actividades, que se realizan para cumplir con su fin principal, son ampliamente reconocidas por la sociedad como de interés general.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.2 de la citada Ley 7/2007, la declaración de Utilidad Pública se realizará mediante Decreto acordado en Consejo de Gobierno, a propuesta de los Departamentos que corresponda en función de la materia y, en todo caso, del departamento competente en materia de justicia, el cual tramitará el procedimiento y dirimirá cuantas cuestiones pudieran surgir en él. En cumplimiento de dicho mandato, se ha instruido el oportuno expediente, habiéndose incorporado al mismo los informes emitidos por los Departamentos e instituciones requeridos al efecto.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública, vistos los informes emitidos por los entes y organizaciones interesados, y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión celebrada el día 27 de julio de 2010,
DISPONGO:
Artículo único.- Declarar de Utilidad Pública a la Asociación ONG Lorenzo Galdós S.J., inscrita con el número de registro AS/G/12151/2005 en el Registro General de Asociaciones del País Vasco, por considerar que contribuye a la promoción del interés general mediante el desarrollo de sus actividades.
Asimismo, se le reconocen los derechos inherentes a esta declaración previstos en el artículo 43 de la Ley 7/2002, de 22 de junio, de Asociaciones de Euskadi.
Dado en Vitoria-Gasteiz, a 27 de julio de 2010.
La Lehendakari en funciones,
MARÍA ISABEL CELAÁ DIÉGUEZ.
La Consejera de Justicia y Administración Pública,
IDOIA MENDIA CUEVA.