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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 234, viernes 4 de diciembre de 2009


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 4 de Bilbao
6452

EDICTO dimanante de procedimiento ordinario n.º 1094/07.

Juzgado de Primera Instancia n.° 4 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Pro. ordinario L2 1094/07.

Demandante: Basoko, S.L.

Abogado:

Procurador: Emilio Martínez Guijarro.

Demandado: Jose María Pérez Arias, Luis María Pérez Arias, Las Parrillas Deusto, S.L. y Eder Pérez Pascua.

Sobre: ordinario.

En el referido juicio con fecha 20-05-2009 se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda formulada por la representación procesal de la Mercantil Basoco, S.L. contra D. Luís María Pérez, D. José María Pérez Arias, Dña. Eder Pérez Pascual y la’ Mercantil Las Parrillas Deusto S.L., estas dos últimas partes demandadas en situación de rebeldía procesal.

Condenar a los demandados al pago a la parte actora en las siguientes cantidades: a D. Luís María Pérez Arias en la cantidad de dieciséis mil quinientas cincuenta seis con setenta y siete euros (16.556,77) y a Dña. Eder Pérez Pascual en la cantidad de once mil trescientos cincuenta y cuatro con sesenta y siete euros (11.354,67). De estas cantidades responderán solidariamente D. José María Pérez Arias y la Mercantil Las Parrillas Deusto, S.L.

Y a D. José María Pérez Arias y a la Mercantil Las Parrillas Deusto, S.L. al pago de la cantidad de catorce mil ochenta con veintidós euros (14.080,22). Más los intereses legales concretados en el Fundamento de Derecho Sexto de esta Resolución, con imposición de costas a la parte demandada.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D./Dña. Las Parrillas Deusto, S.L. y Eder Pérez Pascual y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 7 de octubre de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental