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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 203, jueves 22 de octubre de 2009


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 9 de Bilbao
5674

EDICTO dimanante del expediente de liberación de cargas n.º 169/09.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Exp.liber.cargas 169/09 seguido en el Juzgado de Primera Instancia n.° 9 de Bilbao (Bizkaia) a instancia de Áreas Musiba, S.L. contra Andre Vial sobre jurisdicción voluntaria, se ha dictado la sentencia que, en lo necesario, es del tenor literal siguiente:

Sentencia N.°

En Bilbao a tres de septiembre de dos mil nueve.

La Sra. Dña. Maria Esther González Rodriguez, Magistrada Juez de Primera Instancia N.° 9 de Bilbao, ha visto y oído el expediente de liberación de gravámenes instado por el Procurador don Germán Ors Simon en representación de Áreas Musiba, S.L., asistido de la Letrado doña Raquel Zuera Belsué contra el titular de la carga Andre Vial, y

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por el Procurador don Germán Ors Simon en representación de Áreas Musiba, S.L., se presentó escrito alegando que su representado era dueño de la siguiente finca:

1.- Finca número 2975 de Lezama, tomo 1.937 del libro 61, folio 178 del Registro de la Propiedad n.° 10 de Bilbao.

Parcela P-5-4 que forma parte del sector urbanizable La Cruz, de forma triangular, de 2.670 metros cuadros.

La mercantil Areas Musiba, S.L. es propietaria de esta finca por título de adjudicación en reparcelación según resulta del proyecto de reparcelación del Poligo La Cruz, aprobado definitivamente por el Ayuntamiento de Zamudio el 21 de septiembre de 2005, y por el Ayuntamiento de Lezama el 7 de noviembre de 2005, inscrito al tomo 1937, libro 61, folio 178, inscripción la de 14 de enero de 2008.

2.- Finca número 695 de Lezama, tomo 1.600, libro 42, folio 218, del Registro de la Propiedad n.° 10 de Bilbao. Terreno en jurisdicción de Lezama de unos 3.206 metros cuadrados.

La mercantil Areas Musiba, S.L. es titular del derecho de dominio de esta finca por título de adjudicación en escisión de sociedad, según escritura autorizada por el notario de Bilbao don Antonio Ledesma García, de fecha 9 de noviembre de 1998, inscrita al tomo 1600, libro 42, folio 218 inscripción 8.ª, de 16 de junio de 2004.

Sobre ambas fincas recae el gravamen consistente en la condición impuesta por el causante don Emmanuel Alfred de Vial a su hijo André: deja a su hijo sus propiedades en España que transmitirá a su vez a su hijo mayor o a falta de heredero varón al de mayor edad de los representantes director de Vial en Francia.

Es decir, las referidas fincas se encuentran gravadas con un fideicomiso impuesto por el Sr. De Vial a favor de su hijo André, el día 29, 30 y 31 de diciembre de 1932, y dicha carga se encuentra reflejada en la inscripción 4.a, libro 4, folio 26 de la finca registral número 19 de Lezama, que posteriormente y tras diversas operaciones jurídicas, da lugar a las actuaciones fincas registrales números 2975 y 695 de Lezama; por lo que no habiéndose ejercitado dicho derecho desde dicha fecha, debía estimársele prescrito y acordar su cancelación.

FALLO

Que estimando la solicitud formulada por el Procurador German Ors Simon en representación de Areas Musiba, S.L. para la liberación de las cargas fideicomisarias que gravan las fincas número 2.975 y número 695 de Lezama, descritas en el hecho primero de esta resolución, se declara prescrita dicha carga, ordenándose su cancelación.

Firme esta sentencia expídase testimonio de la misma y entréguese al solicitante para que le sirva de título para la cancelación.

Notifíquese esta sentencia al titular de la carga por medio de edictos que se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado, y se publicará en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial en término de quinto día.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s Andre Vial, extiendo y firmo la presente en Bilbao (Bizkaia) a tres de septiembre de dos mil nueve.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental