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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, viernes 27 de febrero de 2009


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 6 de Bilbao
1097

EDICTO dimanante del procedimiento 366/08 seguido sobre divorcio.

Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio Divor. contenc. L2 366/08.

Parte demandante: Gerardo Fernandez Garcia.

Parte demandada: Maria Elena Benitez Beltran.

Sobre: Divorcio D.A. 5.ª

En el juicio referencia do, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA N.º 12

Juez que la dicta: D. Francisco Benito Alonso.

Lugar: Bilbao (Bizkaia).

Fecha: dieciséis de enero de dos mil nueve.

Parte demandante: Gerardo Fernandez Garcia.

Abogado: Milagros Vicente Zorrilla.

Procurador: Maria Teresa Bajo Auz.

Parte demandada: Maria Elena Benitez Beltran.

Objeto del juicio: Divorcio D.A. 5.ª

FALLO

Primero.- Se decreta la disolución del matrimonio compuesto por D. Gerardo Fernandez Garcia y D.ª M.ª Elena Benitez Beltran por causa de divorcio, con todos los efectos legales.

Segundo.- Se establecen las siguientes medidas definitivas, las cuales sustituyen en todo caso, a las que pudieran haber sido adoptadas con anterioridad:

1.- Una vez firme esta sentencia, se producirá, respecto de los bienes del matrimonio, la disolución del régimen económico matrimonial.

2.- Se atribuye a D. Gerardo Fernandez García el uso y disfrute del domicilio familiar, con su mobiliario y ajuar, sito en Asrabudua-Erandio, Plaza Juanene, n.º 5-4.º C hasta que se produzca la efectiva liquidación del patrimonio común del matrimonio.

Tercero.- No se hace especial condena en costas a ninguna de las partes.

Cuarto.- Una vez firme la sentencia en su apartado primero, comuníquese de oficio a los Registros Civiles competentes para la práctica de los asientos que correspondan.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, estando el mismo celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Secretario Judicial doy fe, en Bilbao (Bizkaia), a dieciséis de enero de 2009.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, por providencia de 06-11-2008 el señor Juez, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, ha acordado la publicación del presente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado para llevar a efecto la diligencia de notificar la sentencia.

En Bilbao (Bizkaia), a 20 de enero de 2009.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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