N.º 41, viernes 27 de febrero de 2009
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Vivienda y Asuntos Sociales
1092
RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2009, de la Directora de Vivienda, Innovación y Control, por la que se concede al laboratorio de ensayos Geoprin, S.A. la acreditación para el control de calidad de la edificación en las áreas de «control de hormigón y sus componentes»; de «ensayos de laboratorio de geotecnia» y de «suelos, áridos, mezclas bituminosas y materiales constituyentes en viales».
Mediante Decreto 69/2004, de 20 de abril, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 82, de 4 de mayo de 2004, se regula el procedimiento a seguir en la acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
La entidad Geoprin, S.A. presentó con fecha 16 de mayo de 2008 solicitud de acreditación como laboratorio de ensayo para el control de calidad de la edificación en las áreas Hormigón Estructural (EHC), Geotecnia (GTL) y Viales (VSF).
Una vez comprobada la documentación presentada por la entidad y encontrada la misma conforme, se procedió con fecha 14 de enero de 2009 a la realización de visita de inspección al laboratorio, verificándose en la misma el cumplimiento de las condiciones de acreditación, tras lo cual se levantó el acta correspondiente.
La concesión y renovación de las acreditaciones de laboratorios de ensayos para el control de calidad de la edificación corresponde a la Dirección de Vivienda, Innovación y Control del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, como Organismo Acreditador al que se refiere el artículo 4 del Decreto 69/2004, de 20 de abril, sobre acreditación de laboratorios de ensayo para el control de calidad de la edificación, en relación con lo dispuesto en el artículo 11.p) del Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales.
En consecuencia con todo lo anteriormente expuesto,
RESUELVO:
Primero.- Conceder la acreditación al laboratorio de ensayos Geoprin, S.A., con domicilio en Polígono Erratzu, Nave 438-B de Urnieta (Gipuzkoa), para el control de calidad de la edificación en las áreas de «control de hormigón y sus componentes», con el código 10020EHC09, para los grupos de ensayos básicos B; de «ensayos de laboratorio de geotecnia», con el código 10020GTL09, para el grupo de ensayos básicos B y complementarios C (8) y de «control de firmes bituminosos en viales», con el código 10020VSF09, para los grupos de ensayos básicos B.
Dicha acreditación tendrá un periodo de validez de cinco años, y surtirá sus efectos a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la resolución de concesión en el Boletín Oficial del País Vasco.
El mencionado período de validez podrá verse acortado en caso de cancelación de la acreditación, motivada por alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12 del Decreto 69/2004, de 20 de abril.
Segundo.- Acordar, de conformidad con el contenido del artículo 19 del decreto 69/2004, de 20 de abril, el abono por parte del laboratorio Geoprin, S.A. del importe correspondiente a la tasa de acreditación que proceda según lo dispuesto a tal efecto en la ley 3/2006, de 29 de septiembre, de Tasas y Precios públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Tercero.- Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Vivienda, en el plazo de un mes desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 16 de enero de 2009.
La Directora de Vivienda, Innovación y Control,
M.ª PILAR GARRIDO GUTIÉRREZ.