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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, viernes 27 de febrero de 2009


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
1091

RESOLUCIÓN de 18 de febrero de 2009, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo a entidades sin ánimo de lucro para la realización de actividades de promoción exterior en el marco del «Programa Elkartzen», para el ejercicio 2009.

La Orden de 15 de marzo de 2005, de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, desarrolla el «Programa Elkartzen» de ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior.

Los recursos económicos destinados a la concesión de las citadas ayudas procederán de las correspondientes partidas presupuestarias establecidas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009, aprobados mediante la Ley 19/2008, de 29 de diciembre (BOPV n.º 250, de 31 de diciembre).

De conformidad a lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2009.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el artículo 7 de la Orden de referencia,

DISPONGO:

Artículo 1.- Objeto.

Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2009 de las ayudas previstas en la Orden de 15 de marzo de 2005 de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo, por la que se regula el «Programa Elkartzen», sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior.

Para este fin se destinará un total de 900.000,00 euros, según el correspondiente crédito presupuestario establecido al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2009, aprobados mediante la Ley 19/2008, de 29 de diciembre.

Este importe podrá ser modificado, teniendo en cuenta la cuantía total de las ayudas solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Industria, Comercio y Turismo y con carácter previo a la resolución de las mismas. De dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial. Asimismo, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (Feder) para el periodo 2007-2013 contribuye a la financiación del presente Programa Elkartzen.

Artículo 2.- Requisitos.

Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden por la que se regula el «Programa Elkartzen», sobre ayudas destinadas a Entidades sin Ánimo de Lucro para la realización de actividades de promoción exterior, deberán cumplir las condiciones previstas en el artículo 3 de la Orden de referencia.

Artículo 3.- Solicitudes y plazo.

1.- El modelo normalizado de solicitud podrá recogerse en el propio Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en las Oficinas Territoriales del citado Departamento de Industria, Comercio y Turismo en Bilbao, Donostia-San Sebastián y Vitoria-Gasteiz o en la dirección de internet: www.ej-gv.net.

2.- Los solicitantes deberán presentar las solicitudes y demás documentación complementaria en el Departamento de Industria, Comercio y Turismo, en las correspondientes Oficinas Territoriales de Industria, Comercio y Turismo de cada Territorio Histórico o en cualquiera de los lugares previstos especificados en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

3.- El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará el 3 de abril de 2009.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.- La presente Resolución de convocatoria entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.- Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 18 de febrero de 2009.

El Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial,

JOSÉ IGNACIO TELLECHEA FERNÁNDEZ.


Análisis documental