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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 41, viernes 27 de febrero de 2009


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Otras Disposiciones

Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco
1083

CERTIFICACIÓN de resolución de la Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en relación con la consulta elevada por el representante general del Partido Popular sobre el carácter de los votos en favor de las candidaturas anuladas por sentencia judicial firme.

La Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en su reunión celebrada el día 24 de febrero de 2009, y en relación con la consulta elevada por el representante general del Partido Popular sobre el carácter de los votos en favor de las candidaturas anuladas por sentencia judicial firme, ha adoptado el siguiente acuerdo:

La Junta Electoral de la Comunidad Autónoma del País Vasco considera que el voto emitido en favor de las candidaturas anuladas por sentencia firme es un voto nulo previsto en el artículo 115.a) de la Ley de Elecciones al Parlamento Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 25 de febrero de 2009.

El Secretario,

EDUARDO MANCISIDOR ARTARAZ.


Análisis documental