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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 34, miércoles 18 de febrero de 2009


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Otras Disposiciones

Justicia, Empleo y Seguridad Social
870

ORDEN de 30 de enero de 2009, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la denominada Fundación Retos / Retos Fundazioa.

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la denominada Fundación Retos / Retos Fundazioa, de Vitoria-Gasteiz (Álava), sobre la base de los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO

1.- Por Turina 2000, S.L. se ha constituido la Fundación denominada Fundación Retos / Retos Fundazioa, mediante Escritura pública, con el carácter de carta fundacional, de constitución otorgada el 11 de septiembre de 2008 por D. Gorka Arregui Abendivar y D. Ernesto Ibarrondo Fernández de Leceta, en su propio nombre y derecho y el primero además en nombre y representación de Turina 2000, S.L., ante el Notario de Vitoria-Gasteiz, D. Enrique Arana Cañedo-Argüelles, número 2.379 de su protocolo.

Esta Escritura pública ha sido subsanada y complementada por la de subsanación y complemento otorgada ante el mismo Notario el 19 de noviembre de 2008, número 2.973 de su protocolo.

2.- El fin fundacional de la denominada Fundación Retos / Retos Fundazioa, viene establecido en el artículo 3 de su norma estatutaria:

El principal objetivo de la Fundación Privada Retos, entidad sin ánimo de lucro, es promover, impulsar y conseguir la rehabilitación integral de las personas afectadas por una lesión medular, daño cerebral adquirido u otra gran discapacidad física de origen neurológico, darles el apoyo y los servicios más convenientes para conseguir una reinserción social satisfactoria, y contribuir eficazmente al pleno reconocimiento de sus derechos y a una efectiva equiparación de oportunidades.

3.- El domicilio fundacional, conforme dispone el artículo 5 de los Estatutos fundacionales, queda fijado en Vitoria-Gasteiz, c/ General Álava, 6 - 1.º (CP 01005).

4.- La dotación inicial asciende a la cantidad de sesenta mil euros (60.000,00 euros), cuyo desembolso es acreditado documentalmente en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio.

La dotación patrimonial se acredita como adecuada y suficiente para el cumplimiento de los fines fundacionales, de acuerdo con el artículo 12.1 de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones, de aplicación en virtud de su Disposición final 1.ª.

5.- La representación, administración y gobierno de la Fundación se confía al Patronato, cuyos miembros desempeñarán sus cargos con carácter gratuito, de acuerdo con el artículo 12 de los Estatutos fundacionales.

6.- El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional estará integrado por,

- D. Juan Luis Arregui Ciarsolo.

- D. Javier Arregui Abendivar.

- D. Gorka Arregui Abendivar.

- D. Oscar Arregui Abendivar.

- D. Ernesto Ibarrondo Fernández de Leceta.

Todos y cada uno de ellos han aceptado sus respectivos cargos conforme las formas previstas en el artículo 12.1 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- Corresponde al Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social dictar, mediante Orden, la resolución del expediente de inscripción de constitución de la Fundación, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y el artículo 4 del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio.

Segundo.- El presente expediente ha sido promovido por persona legitimada para ello, y al mismo se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos señalados en los artículos 6, 7 y 9 de la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, y 36 y ss. del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio.

Vistos la Constitución vigente, el Estatuto de Autonomía del País Vasco, la Ley 12/1994, de 17 de junio, de Fundaciones del País Vasco, el Reglamento del Protectorado de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 100/2007, de 19 de junio, el Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio, y demás normas de general y pertinente aplicación.

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

RESUELVE:

Primero.- Ordenar la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con esta fecha y bajo el número de registro F-237, de la constitución de la denominada Fundación Retos / Retos Fundazioa, de Vitoria-Gasteiz (Álava), así como de la composición inicial del Patronato integrado por los miembros que figuran en el antecedente sexto, quienes han aceptado expresamente sus cargos.

Segundo.- Clasificar a dicha Fundación, en virtud de sus fines, en la Sección 4.ª del Registro de Fundaciones del País Vasco, conforme lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 404/1994, de 18 de octubre, que aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco.

Tercero.- Acordar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra la presente Orden, que agota la vía administrativa, cabrá interponer recurso potestativo de reposición ante este Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su notificación, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.

En Vitoria-Gasteiz, a 30 de enero de 2009.

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

JOSEBA AZKARRAGA RODERO.


Análisis documental