N.º 21, viernes 30 de enero de 2009
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Vivienda y Asuntos Sociales
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RESOLUCIÓN de 22 de octubre de 2008, del Director de Servicios del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se resuelve el recurso de alzada presentado por D. Diego Martín Gallego Gómez en el expediente EB2-2063/06-LE (SD2-00500/07).
ANTECEDENTES
1.- Al amparo del expediente EB2-2063/06-LE, se inició mediante Orden de 19 de mayo de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, el procedimiento de selección y de determinan diversas especificaciones para la adjudicación de 94 viviendas de protección oficial en la calle George Steer 9 en el municipio de Bilbao.
2.- Mediante Resolución del Delegado Territorial en Bizkaia del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, con fecha 11 de agosto de 2008, se aprobaron las listas de admitidas/os y de excluidas/os del procedimiento de referencia. En dichas listas D. Diego Martín Gallego Gómez figura en la lista de excluidos por no acreditar residencia en el municipio.
3.- Con fecha 12 de septiembre de 2008, D. Diego Martín Gallego Gómez interpone recurso de alzada contra la anterior Resolución, mostrando su disconformidad con la misma. Solicita la revisión de la resolución recurrida.
Sobre la base de estos Antecedentes, se formulan los siguientes
FUNDAMENTOS
1.- El Director de Servicios de este Departamento es el órgano competente para resolver el recurso de alzada que se examina de conformidad con lo establecido en el Decreto 373/2005, de 15 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco.
2.- El régimen legal aplicable es el establecido en el Decreto 39/2008, de 4 de marzo, sobre régimen de vivienda de protección oficial y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, la Orden de 16 de abril de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, sobre procedimiento de adjudicación de viviendas de protección oficial y Orden de 19 de mayo de 2008, del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales, por la que se inicia el procedimiento de selección y de determinan diversas especificaciones para la adjudicación de 94 viviendas de protección oficial en la calle George Steer 9 en el municipio de Bilbao.
3.- La Orden de 19 de mayo de 2008 señala en su Resuelvo que alguna o alguno de los futuros titulares habrá de estar empadronado, con una antigüedad mínima de un año anterior a la fecha de publicación de la citada Orden, en cualquiera de los municipios declarados interesados, y el Resuelvo Segundo de la Orden declara como municipio interesado el de Bilbao.
En el supuesto que nos ocupa, examinado el expediente se comprueba que el ahora recurrente está empadronado en Barakaldo, por lo que no cumplen el requisito de estar empadronado en el municipio declarado interesado con un año de antigüedad desde la publicación de la Orden de inicio del procedimiento (12 de junio de 2008), y en consecuencia la resolución es ajustada a Derecho y debe confirmarse.
A la vista de los Fundamentos expuestos, las disposiciones legales citadas y demás concordantes y de general aplicación,
RESUELVO:
Desestimar el recurso de alzada interpuesto por D. Diego Martín Gallego Gómez contra Resolución del Delegado Territorial en Bizkaia recaída en el expediente EB2-2063/06-LC, en cuyos términos ajustados a Derecho ha de confirmarse.
La presente Resolución agota la vía administrativa, si bien cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de los de Bilbao en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta Resolución.
En Vitoria-Gasteiz, a 22 de octubre de 2008.
El Director de Servicios,
MIKEL ARANA ECHEZARRETA.