N.º 233, jueves 4 de diciembre de 2008
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Industria, Comercio y Turismo
6745
RESOLUCIÓN de 27 de octubre de 2008, del Director de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV STR Olarizu-Antoñana, derivación al CT de Atauri en la localidad de Atauri, término municipal de Arraia-Maeztu (Álava) y se declara su utilidad pública.
Ref.: 17470-PRD-mmb.
Exp.: 01-AT-H-2008-00008
ANTECEDENTES DE HECHO
Uno.- Con fecha 20 de febrero 2008, Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. con domicilio en Vitoria-Gasteiz, c/ Urartea, 2, solicita autorización administrativa, declaración en concreto de la utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 13,2 kV STR Olarizu-Antoñana, derivación al CT de Atauri en la localidad de Atauri aportando instancia al respecto, acompañada del proyecto correspondiente, firmado por el Ingeniero Industrial D. Emilio Nanclares Ocio, colegiado n.º 1607, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Álava, el 3 de mayo de 2007 con el n.º 070462.
Dos.- A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002, de 3 de diciembre (BOPV 23-10-2002) y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE 27-12-2000), fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud en el Boletín Oficial del Territorio Histórico de Álava, de fecha 28 de marzo de 2008, en el Boletín Oficial del País Vasco de fecha 8 de abril de 2008, y en el diario El Correo, de fecha 12 de marzo de 2008.
Asimismo, el citado anuncio fue expuesto en los Tablones de Edictos del Ayuntamiento de Arraia-Maeztu desde el día 27 de marzo hasta el 29 de abril de 2008.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Uno.- La Dirección de Energía y Minas es el órgano competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.
Dos.- La Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, determina, en su artículo 40, que la construcción, explotación, modificación sustancial, transmisión y el cierre de las instalaciones de distribución de energía eléctrica estarán sometidas al régimen de autorización administrativa.
Tres.- El Decreto 282/2002, de 3 de diciembre, regula el procedimiento de autorización administrativa para la construcción, modificación, explotación, transmisión y cierre de las instalaciones de producción, transporte y distribución de energía eléctrica así como de las acometidas, líneas directas e instalaciones de conexión de consumidores en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Cuarto.- El artículo 52 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico declara de utilidad pública las instalaciones eléctricas de generación, transporte y distribución de energía eléctrica, a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso y el artículo 54 del mismo texto legal establece a continuación, que la declaración de utilidad pública llevará implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Cinco.- En la tramitación del expediente se han tenido en cuenta y cumplido los requisitos y trámites de procedimiento previstos tanto en las normas generales reguladores del procedimiento administrativo, como en la legislación antes citada.
Visto los preceptores legales citados y demás disposiciones de general y concordante aplicación,
RESUELVE:
Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. la instalación de la Línea Eléctrica Aérea a 13,2 kV STR Olarizu-Antoñana, derivación al CT de Atauri en la localidad de Atauri en el Término Municipal de Arraia-Maeztu (Álava), y aprobar el proyecto de ejecución firmado por el Ingeniero Industrial D. Emilio Nanclares Ocio, colegiado n.º 1607, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Álava, el 3 de mayo de 2007 con el n.º 070462, cuyas principales características son las siguientes:
Línea eléctrica aérea a 13,2 kv STR Olarizu-Antoñana, derivación al CT Atauri.
- Tensión de servicio: 13,2 kV.
- Conductores: 3 de AL-AC tipo LA-54(54,6 mm2).
- Apoyos: metálicos.
- Longitud: 282 m.
- Origen: Apoyo n.º 1160 (a colocar) de la línea SRT Olarizu-Antoñana.
- Final: Apoyo n.º 1418 (existente) de la misma línea.
Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, de 27 de noviembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:
1.- Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que, en su caso, se soliciten y autoricen.
2.- El plazo de puesta en marcha será de Un Año, contado a partir de la presente Resolución.
3.- El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Oficina Territorial de Álava, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
4.- La presente Resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Así mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Innovación y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de octubre de 2008.
El Director de Energía y Minas,
TXABER LEZAMIZ CONDE.