N.º 154, jueves 14 de agosto de 2008
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Sanidad
4795
RESOLUCIÓN de 29 de julio de 2008, del Viceconsejero de Sanidad, por la que se conceden ayudas dirigidas a Asociaciones sin ánimo de lucro en el campo de la salud, con sede oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyas actividades se relacionen con la Educación Sanitaria, dirigidas a la población general o a colectivos poblacionales concretos. La Orden 2036 de 11 de marzo de 2008, del Consejero de Sanidad, por la que se convocan ayudas dirigidas a Asociaciones sin ánimo de lucro en el campo de la salud, con sede oficial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, cuyas actividades se relacionen con la Educación Sanitaria, dirigidas a la población general o a colectivos poblacionales concretos, dispone que dichas ayudas serán otorgadas por Resolución del Viceconsejero de Sanidad, a propuesta de la Comisión de Valoración nombrada al efecto por el Consejero de Sanidad. Reunida dicha comisión el 24 de julio de 2008 y en base a la propuesta realizada, RESUELVO: Primero.– Conceder a las Asociaciones que a continuación se reseñan las siguientes ayudas: Euroak/Euros AECC Junta provincial de Araba 10.500,00 AECC Junta provincial de Bizkaia 30.000,00 ALCER Euskadi 8.000,00 ATCORE 4.000,00 AVAFAS 2.500,00 EM Eugenia Epalza 7.000,00 AVET 3.500,00 Ekintza Dasalud 1.500,00 Zargazte 3.100,00 Zubietxe 5.100,00 Susterra 5.100,00 Bidesari 4.600,00 Eragintza 6.600,00 Caritas Bilbao 9.600,00 Bagabiltza 2.700,00 Egunabar 3.600,00 Despertar los sentidos 3.100,00 EUFEMAS 15.000,00 Zimentarri - Centro Aukera 5.100,00 Sortarazi 8.500,00 AGIPAD 5.800,00 APSIDE 2.100,00 Gaixoen Ahotsa 3.000,00 GUZTIRA/TOTAL 150.000,00 Segundo.– No conceder ayuda a las siguientes asociaciones por no ajustarse los proyectos presentados al objeto de la convocatoria o estar las actividades cubiertas por otras asociaciones de mayor cobertura poblacional: SOVPAL Tercero.– Excluir a la siguiente asociación por haber presentado el proyecto fuera del plazo establecido en la convocatoria: Cuarto.– Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 114 y siguientes de la citada Ley 30/1992, en la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. En Vitoria-Gasteiz, a 29 de julio de 2008. El Viceconsejero de Sanidad, RAFAEL CERDÁN ARANDIA.
AGAER
Hitzez
Sendia
Ikertia