N.º 97, viernes 23 de mayo de 2008
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Autoridades y Personal
Universidad del País Vasco
3164
RESOLUCIÓN de 5 de mayo de 2008, del Rector de la UPV/EHU, por la que procede a la corrección de errores de la Resolución de este Rectorado de 4 de octubre de 2007, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso como funcionario de carrera en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos del personal de administración y servicios.
Advertido error en la Resolución de 4 de octubre de 2007, del Rector de la UPV/EHU, por la que se ordena la publicación de las bases específicas que han de regir el procedimiento selectivo para ingreso como funcionario de carrera de la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos del personal de administración y servicios (BOPV n.º 211, de 2 de noviembre de 2007),
RESUELVO:
Primero.– Modificar la redacción de la base 4.3.1.1 contenida en la mencionada Resolución de 4 de octubre de 2007, en el siguiente sentido:
Donde dice:
"a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.
b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.
c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos."
Debe decir:
"a) En aplicación de la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley 3/2004, del Sistema Universitario Vasco, por servicios prestados en la UPV/EHU en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos o equivalente, como funcionario interino o laboral temporal: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 9 puntos.
b) Por servicios prestados en cualquier otra Universidad Pública en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 6 puntos.
c) Por servicios prestados en el resto de Administraciones Públicas en la Escala Facultativa de Archivos, Bibliotecas y Museos o equivalente, con vínculo administrativo o laboral: 0,08 puntos por mes completo trabajado hasta un máximo de 4,5 puntos."
Segundo.– Modificar la redacción del anexo II de la mencionada Resolución de 4 de octubre de 2007, en concreto, en lo que se refiere al enunciado del tema número veinte, de tal forma que donde dice:
"20.– Interoperatividad y estándares en Bibliotecas digitales, Z39.50, SRW-SRU, OAL, Metadata Harvesting Protocol y Open Url."
Debe decir:
"20.– Interoperatividad y estándares en Bibliotecas digitales, Z39.50, SRW-SRU, OAI-Protocol for Metadata Harvesting y Open Url."
En Leioa, a 5 de mayo de 2008.
El Rector,
JUAN IGNACIO PÉREZ IGLESIAS.