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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 83, lunes 5 de mayo de 2008


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
2709

RESOLUCIÓN de 17 de marzo de 2008, del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas para el ejercicio 2008, dentro del marco establecido por la Orden de la Consejera de Industria, Comercio y Turismo que regula el programa de ayudas para la realización de inversiones iniciales y para la creación de empleo vinculada a las mismas contenidas en proyectos estratégicos.

La Orden de 19 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo (BOPV n.º 194, de 8 de octubre de 2007), regula el programa de ayudas para la realización de inversiones iniciales y para la creación de empleo vinculada a las mismas contenidas en proyectos estratégicos.

De conformidad a lo establecido en el artículo 9 de la Orden que regula el programa de ayudas para la realización de inversiones iniciales y para la creación de empleo vinculada a las mismas contenidas en proyectos estratégicos, procede realizar la convocatoria, para el ejercicio 2008, de las ayudas previstas en la misma.

Por lo expuesto, en virtud de la facultad establecida en el citado artículo 9 de la Orden de referencia,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Es objeto de la presente Resolución la convocatoria para el ejercicio 2008 de las ayudas previstas en la Orden de 19 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas para la realización de inversiones iniciales y para la creación de empleo vinculada a las mismas contenidas en proyectos estratégicos.

2.– Para este fin se destinará una cuantía total de ayudas de 31.490.000,00 euros, soportada financieramente con cargo a los créditos asignados al Fondo de Proyectos Estratégicos, conforme a lo previsto en la Disposición Adicional Tercera de la Ley 15/2007, de 28 de diciembre (BOPV n.º 250 de 30 de diciembre de 2007), por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2008.

El volumen total de ayudas a conceder con cargo a la presente convocatoria no podrá superar el importe consignado en este artículo o el que resulte, en su caso, de su actualización. No procederá, por tanto, la concesión de nuevas ayudas una vez agotado dicho importe, suspendiéndose a partir de ese momento la eficacia de la presente disposición. En caso de concurrir las citadas circunstancias se dará publicidad a las mismas mediante Resolución del Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial.

Artículo 2.– Requisitos.

1.– Los solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden de 19 de septiembre de 2007, de la Consejera de Industria, Comercio, y Turismo, por la que se regula el programa de ayudas para la realización de inversiones iniciales y para la creación de empleo vinculada a las mismas contenidas en proyectos estratégicos deberán reunir los requisitos establecidos en el artículo 3 de la misma.

Artículo 3.– Solicitudes y plazo.

1.– La solicitudes y demás documentación complementaria se presentarán en la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. (SPRI), cuyas dependencias se encuentran en Bilbao, c/ Alameda Urquijo, 36-4.ª, bien directamente o bien por cualquiera de los medios previstos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

2.– El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución de convocatoria en el Boletín Oficial del País Vasco y, finalizará 6 de junio de 2008.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

Segunda.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Industria, Comercio y Turismo del Gobierno Vasco en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de marzo de 2008.

El Viceconsejero de Tecnología y Desarrollo Industrial,

JOSÉ IGNACIO TELLECHEA FERNANDEZ.


Análisis documental