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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 73, jueves 17 de abril de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria-Gasteiz
2330

EDICTO dimanante de juicio verbal n.º 967/2007 seguido sobre desahucio por falta de pago.

Juzgado de Primera Instancia n.° 5 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: J. verbal desh. L2 967/2007.

Demandante: Mapfre Cía. de Seguros y Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. Euskadiko Etxebizitza eta Lurra, E.A.

Abogado: Valencia de Assas, Pedro Luís.

Procurador: Arrieta Vierna.

Demandado: Maria Rosa Guerrero Sáenz.

Sobre: desahucio por falta de pago.

En el referido juicio se ha dictado el 27 de marzo del 2008 sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

1.– Estimar la demanda promovida por el Procurador Sr. Arrieta Vierna, en nombre y representación de Mapfre Cía. de Seguros y Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa), frente a Maria Rosa Guerrero Sáenz, declarando resuelto el contrato de arrendamiento de la finca reseñada en los antecedentes de esta resolución, condenando a la parte demandada a su desalojo, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal.

Así mismo, condeno a la parte demandada, D.ª Maria Rosa Guerrero Sáenz, a que pague a Mapfre Seguros Generales, S.A. la cantidad de 1.536,46 euros y a Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A. (Visesa), la cantidad de 5.711,30 euros, sin perjuicio de las que se vayan devengando hasta el completo desalojo del local.

A dichas cantidades se devengarán los intereses descritos en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución.

2.– Se imponen a la parte demandada el pago de las costas causadas en este proceso.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Maria Rosa Guerrero Sáenz y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de marzo de 2008.

EL SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental