N.º 73, jueves 17 de abril de 2008
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 2 de Getxo
2327
EDICTO dimanante del procedimiento ordinario n.º 185/02 seguido sobre reclamación de cantidad.
Juzgado de Primera Instancia n.° 2 de Getxo (Bizkaia).
Juicio: Pro. ordinario n.° 185/02.
Demandante: Delser Gestión, S.L.
Abogado: Sr. Oliver Bernal.
Procurador: Alfonso Jose Bartau Rojas.
Demandado: ITS Sistemas y Renfe.
Sobre: reclamación cantidad.
En el referido juicio se ha dictado en fecha 23-04-2007 sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Que estimando la demanda interpuesta por el Procurador D. Alfonso Bartau Rojas, en nombre y representación, de la entidad mercantil "Delser, S.L." contra la entidad mercantil "IT Sistemas, S.L." y Renfe –Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles-, en el sentido de que debo condenar y condeno a la parte demandada -la entidad mercantil "IT Sistemas, S.L."- a abonar a la actora la cantidad de 121.465,58 euros (20.210.172 PTA), cantidad incrementada con los intereses expresados en el fundamento de derecho cuarto de la presente; y debo absolver y absuelvo a la parte demandada -Renfe -Red Nacional de los Ferrocarriles Españoles- de los pedimentos formulados en su contra.
En materia de costas, respecto a la parte codemandada "Renfe" que ha resultado absuelta, se impondrán las costas a la parte actora; y en cuanto a la parte codemandada condenada "ITS", se imponen las costas a la misma.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado ITS Sistemas y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.
El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.
En Getxo (Bizkaia), a 6 de marzo de 2008.
LA SECRETARIO JUDICIAL.