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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 73, jueves 17 de abril de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Bilbao
2325

EDICTO dimanante de procedimiento n.º 922/06 seguido sobre modificación de medidas definitivas.

Juzgado de Primera Instancia n.° 5 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Mod. med. defin. L2 922/06.

Demandante: Pedro Alonso Donaire.

Abogado: Herrera Aparicio, Alberto Pablo.

Procurador: Oscar Hernández Casado.

Demandado: Felisa Echevarria Pérez.

Sobre: modificación de medidas.

En el referido juicio se ha dictado sentencia cuyo fallo es la siguiente:

FALLO

Que estimando la demanda formulada por el Procurador D. Oscar Hernández Casado, en nombre y representación de D. Pedro Alonso Donaire, contra D.ª Felisa Echevarria Pérez, en situación procesal de rebeldía, debo acordar y acuerdo dejar sin efecto la atribución del uso de la vivienda familiar sita en la calle Irala n.° 13 – 4.° dcha.– izq. de Bilbao que en su momento se acordó a favor de la demandada y del hijo Alexander entonces menor de edad, atribuyendo el uso de la misma a favor del actor, con expresa imposición de las costas a la demandada.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 y 774 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D.ª Felisa Echevarria Pérez y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 14 de marzo de 2008.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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