N.º 73, jueves 17 de abril de 2008
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Barakaldo
2320
EDICTO dimanante de juicio verbal n.º 666/06 seguido sobre reclamación de cantidad.
Juzgado de Primera Instancia n.° 1 de Barakaldo (Bizkaia).
Juicio: juicio verbal L2 666/06.
Demandante: Unión Aseguradora, S.A.
Abogado: Marañon Rodríguez, Marta.
Procurador: Jesús Fuente Lavin.
Demandado: Pedro González Ispurua.
Sobre: reclamación de cantidad.
En el referido juicio se ha dictado EK 07-03-2008 sentencia cuyo fallo es el siguiente:
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. Fuente en representación de Unión Aseguradora, S.A., debo condenar a la herencia yacente de D. Pedro González Ispurua al abono de 601 euros, que devengarán el interés legalmente previsto desde la fecha de interposición de la demanda, con imposición a la parte demandada las costas causadas.
Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LEC).
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LEC).
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado herencia yacente de D. Pedro González Ispurua y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la CAPV.
Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.
El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.
En Barakaldo (Bizkaia), a 12 de marzo de 2008.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.