N.º 48, viernes 7 de marzo de 2008
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Autoridades y Personal
Sanidad
1443
RESOLUCIÓN 242/2008, de 4 de febrero, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se ordena la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la relación provisional de los aspirantes que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, con indicación separada de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de alergia pediátrica de los servicios de pediatría de las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 1531/2006, de 31 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se convocaron pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de alergia pediátrica de los servicios de pediatría de las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 11, de 16 de enero de 2007.
Mediante Resolución 1082/2006, de 4 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron las bases generales que han de regir los procesos selectivos para la adquisición del vínculo estatutario fijo en Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicándose en el BOPV n.º 203, de 24 de octubre de 2006.
Mediante Resolución 482/2007, de 11 de julio, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud se ordenó la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de la relación de aprobados en la fase de oposición por orden de puntuación, de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de alergia pediátrica de los servicios de pediatría de las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Conforme a lo previsto en la base 10.7 de las bases generales que rigen el proceso selectivo, aprobada por el tribunal calificador la relación provisional de los aspirantes que hubieran superado la fase de oposición por el orden de su puntuación final con indicación separada de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, el Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud ordenará su publicación en el BOPV, pudiendo efectuarse por separado la relación correspondiente al turno de promoción interna y al turno libre.
La inclusión de los aspirantes en alguno de los turnos mencionados anteriormente, así como en el anexo correspondiente queda supeditada a la efectiva acreditación por parte de los mismos de todos los requisitos establecidos en las bases de la convocatoria.
Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades en materia de personal atribuidas por la legislación vigente,
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la publicación en el BOPV de la relación provisional de los aspirantes que han superado la fase de oposición, por el orden de su puntuación final, con indicación separada de las puntuaciones obtenidas en las fases de concurso y de oposición, de las pruebas selectivas para el acceso a la condición de personal estatutario en la categoría de Médico Especialista en Pediatría y sus áreas específicas, del Grupo Profesional de Facultativos Médicos y Técnicos con destino en el área de alergia pediátrica de los servicios de pediatría de las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, constituyendo el anexo I la relación provisional de personal con derecho a destino y el anexo II la relación provisional de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Segundo.– Al amparo de lo establecido en la base 10.7 de las bases generales, los aspirantes interesados dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución provisional en el BOPV, para formular las reclamaciones que consideren oportunas, en escrito dirigido al presidente del tribunal calificador, y que serán rechazadas o estimadas por medio de la Resolución definitiva de aspirantes dictada por el Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Tercero.– Asimismo, y en virtud de lo establecido en la base 10.7.2 los aspirantes propuestos que figuren en el anexo I, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la Resolución provisional en el BOPV, para presentar la siguiente documentación, mediante fotocopia compulsada, de acuerdo con la forma prevista en la base 10.7.3.
a) Fotocopia compulsada del DNI, pasaporte o permiso de conducir o documento equivalente para los nacionales de otros estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de los estados a los que, en virtud del Tratado de la Unión Europea, de otros tratados ratificados por España o de norma legal, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores, así como, en su caso, fotocopia compulsada de la documentación a que se hace referencia en la base 6.2.a) párrafo 3.
b) Fotocopia compulsada o testimonio notarial de los títulos exigidos para el acceso a cada categoría y puesto funcional y que son señalados para cada uno de ellos en las bases específicas de cada convocatoria.
c) Quienes tengan reconocida la condición legal de discapacitados, deberán presentar fotocopia compulsada de la resolución de reconocimiento de discapacidad, expedida con anterioridad al último día de plazo para presentar solicitudes.
d) Tratándose de personal que concurse por el turno de promoción interna, deberá además presentar fotocopia compulsada del nombramiento y de la toma de posesión del destino en el que se encuentra en servicio activo.
e) El personal interino y contratado administrativo incluido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley de Ordenación Sanitaria de Euskadi deberá además presentar fotocopia compulsada del nombramiento y de la toma de posesión del destino en el que se encuentra en servicio activo.
f) Fotocopia compulsada de cualesquiera otros requisitos que se exijan en las bases.
g) Fotocopia compulsada de los méritos valorables conforme al baremo que acompaña a las bases específicas.
En Vitoria-Gasteiz, a 4 de febrero de 2008.
El Director de Recursos Humanos
de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
JOSÉ ANDRÉS BLASCO ALTUNA.
I. ERANSKINA / ANEXO I
DESTINOA LORTZEN DUTEN HAUTAGAIEN BEHIN-BEHINEKO ZERRENDA
RELACIÓN PROVISIONAL DE ASPIRANTES CON DESTINO
FAK. ESP. OSPITALEKO PEDIATRIA - ALERGIAKO MEDIKUA
FAC. ESP. MÉDICO PEDIATRÍA HOSPITALARIA - ALERGIA
IREKIA/LIBRE
NAN IZEN-ABIZENAK OPOSIZIOA LEHIAKETA GUZTIRA
DNI NOMBRE Y APELLIDOS OPOSICIÓN CONCURSO TOTAL
14574390 Bilbao Aburto, Agurtzane 97,1200 59, 6900 156,8100