Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 18, viernes 25 de enero de 2008


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Bilbao
516

EDICTO dimanante de juicio verbal n.º 722/07.

Juzgado de Primera Instancia n.º 1 de Bilbao (Bizkaia).

Juicio: Juicio verbal L2 722/07.

Demandante: Aitor Ochoa Raposo.

Abogado:

Procurador: Guillermo Smith Apalategui.

Demandado: Jesús Martínez González.

Sobre: juicio verbal.

En el referido juicio se ha dictado la sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Estimar la demanda formulada por el Procurador de los Tribunales D. Guillermo Smith Apalategui, en nombre y representación de Aitor Ochoa Raposo, y condenar a D. Jesús Martínez González a que

a) abone la cantidad de 499,84 euros.

b) el interés legal desde el 6 de junio de 2007 hasta el día de hoy, devengando el global resultante interés legal elevado en dos puntos desde hoy hasta la completa satisfacción de la actora.

c) realice cuantas obras sean necesarias en las instalaciones privativas de su vivienda a fin de reparar el origen de las filtraciones.

d) pago de las costas procesales.

Conforme al artículo 457 de la LECn, contra esta sentencia puede interponerse ante este juzgado recurso de apelación en el término de cinco días desde su notificación, mediante escrito de preparación en el que se citará la resolución apelada y se indicarán los pronunciamientos que impugna.

Así por ésta mi sentencia, que se notificará las partes en legal forma, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D. Jesús Martínez González y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia.

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Bilbao (Bizkaia), a 17 de diciembre de 2007.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental