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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 18, viernes 25 de enero de 2008


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Otras Disposiciones

Industria, Comercio y Turismo
513

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2007, del Director de Energía y Minas, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de ejecución de línea eléctrica aérea a 13,2 kV enlace entre los Ctos. Gernika-Zugastieta Cto. 5 y Markosene-Fruniz Cto. 1 entre los apoyos n.º 109 y n.º 89, en los términos municipales de Errigoiti y Morga, y se declara su utilidad pública.

Ref.: L-6794-ATH-2007-111-AS-gf.

ANTECEDENTES DE HECHO

1.– Con fecha 15 de junio de 2007 la empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. con domicilio en Bilbao, c/ Gardoqui n.º 8, solicita autorización administrativa, declaración, en concreto, de su utilidad pública y aprobación del proyecto de ejecución de la línea eléctrica aérea a 13, 2 kV enlace entre los Ctos. Gernika-Zugastieta Cto. 5 y Markosene-Fruniz Cto. 1 entre los apoyos n.º 109 y n.º 89, en los términos municipales de Errigoiti y Morga, aportando instancia al respecto acompañada del proyecto Técnico correspondiente firmado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Anizeto Onandia Usategui y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia el 07-06-2007 con el n.º 4329.

2.– A los efectos previstos en el artículo 10 del Decreto 282/2002 de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y artículo 144 del Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, fue publicado el anuncio por el que se somete a información pública la citada solicitud de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. en el BOB con fecha 09-07-2007, en el BOPV con fecha 16-08-2007 y en el Diario El Mundo con fecha 10-07-2007.

3.– Con fecha 21 de junio de 2007 se remitió oficio a los Ayuntamientos de Errigoiti y Morga a fin de que procediesen a la exposición del anuncio citado en el Tablón de Edictos del mismo, así como petición de informe de la procedencia o no a la declaración de Utilidad Pública de la instalación, y en su caso, del condicionado técnico que considerasen oportuno.

4.– Con fecha 21 de junio de 2007 se remite oficio a la Diputación Foral de Bizkaia, a la Oficina Territorial del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y a Telefónica de España, S.A. con objeto de que presten su conformidad u oposición a la autorización y en caso de informar favorablemente a lo anterior estableciesen los condicionados técnicos que consideren si lo estiman procedente.

5.– Los ayuntamientos de Errigoiti y Morga certifican con fecha 25 de julio y 26 de julio de 2007 respectivamente haber expuesto el anuncio de la instalación referenciada en el Tablón de Anuncios de sus municipios.

6.– El Ayuntamiento de Morga, la Oficina Territorial del Departamento de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de Bizkaia, y Telefónica de España, S.A., presentan sus condicionados técnicos que son aceptados por Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.

7.– Dentro del período de información pública establecido al efecto no tienen entrada en la Oficina Territorial de Bizkaia alegaciones de particulares.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

A) En el expediente se han cumplido los trámites reglamentarios ordenados en la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Decreto 282/2002, de 3 de diciembre del Gobierno Vasco y demás legislación concordante.

B) El artículo 52 de la citada Ley 54/1997 del Sector Eléctrico, declara la utilidad pública de las instalaciones de distribución de energía eléctrica a los efectos de expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su establecimiento y de la imposición y ejercicio de la servidumbre de paso, llevando implícita tal declaración la necesidad de ocupación de los mismos e implicando la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación Forzosa.

C) Los condicionados técnicos impuestos por los diferentes Organismos han sido aceptados por la Empresa Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A.

El Director de Energía y Minas, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 284/2005, de 11 de octubre, por, el que se establece la estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo (BOPV de 27-10-2005).

RESUELVE:

Autorizar, a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. y aprobar el proyecto de ejecución de una línea a 13,2 kV, en los términos municipales de Errigoiti y Morga, cuyas principales características son las siguientes:

Línea eléctrica aérea:

– Tensión de servicio: 13,2 kV.

– Conductores: 3 de AL-AC (116,2 mm2).

– Apoyos: metálicos y hormigón.

– Longitud: 898 m.

– Origen: apoyo 109 de la línea Gernika-Zugastieta Cto. 5.

– Final: apoyo 89=5 de la línea Markosene-Fruniz Cto. 1.

Declarar, en concreto, la utilidad pública de la instalación que se autoriza, llevando implícita esta declaración, a tenor de lo dispuesto en el artículo 54 de la citada Ley 54/1997, de 27 de noviembre, la necesidad de ocupación de los bienes o adquisición de los derechos afectados, e implicando la urgente ocupación de los mismos y determinando las consecuencias que para la declaración de Urgente Ocupación dispone el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, con los efectos registrales del artículo 53 de la misma.

Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000 de 1 de diciembre, en el Decreto 282/2002, de 3 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:

1.– Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto y documentación mencionada presentado, firmado por el Ingeniero Técnico Industrial D. Anizeto Onandia Usategui, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Industriales de Bizkaia el 07-06-2007 con el n.º 4329.

2.– El plazo de puesta en marcha será de dos años, contado a partir de la presente Resolución.

3.– El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Oficina Territorial de Bizkaia, a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.

4.– La presente autorización se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asimismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Innovación y Energía, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Vitoria-Gasteiz, a 22 de noviembre de 2007.

El Director de Energía y Minas,

TXABER LEZAMIZ CONDE.


Análisis documental