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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 6, miércoles 9 de enero de 2008


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Barakaldo
161

EDICTO dimanante del procedimiento n.º 454/03 seguido sobre quiebra voluntaria.

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

SENTENCIA N.° 222/07

Juez que la dicta: D.ª Cristina García Quesada.

Lugar: Barakaldo (Bizkaia).

Fecha: doce de diciembre de dos mil siete.

Parte demandante: Break European Company, S.L., en liquidación.

Abogado: Daniel Zubimendi Zamacona.

Procurador: Manuel Hernández Urigüen.

Parte demandada: Fondo de Garantía Salarial, Tesorería General de la Seguridad Social, Diputación Foral de Bizkaia.

Abogado.

Procurador.

Objeto del juicio: quiebra voluntaria.

FALLO

Que debo calificar y califico como fortuita la quiebra de la sociedad Break European Company, S.L., en liquidación, todo ello sin hacer expresa declaración en cuanto a las costas causadas en esta instancia. Notifíquese esta sentencia a las partes no comparecidas en el presente incidente, en la forma prevenida en los arts. 769 y siguientes de la LEC, si dentro de segundo día no se solicita su notificación personal, conforme previene la ley; firme que sea esta resolución, cúrsese el correspondiente boletín a la Delegación Provincial del Instituto Nacional de Estadística; y poniendo en las actuaciones certificación de la misma, inclúyase la presente en el Libro de Sentencias.

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Bizkaia (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en forma, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Barakaldo (Bizkaia), a 12 de diciembre de 2007.

EL/LA SECRETARIO.


Análisis documental