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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 239, lunes 18 de diciembre de 2006


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Industria, Comercio y Turismo
6291

ANUNCIO por el que se notifica a Gregorio Ramajo, titular de Carpintería Goyo, la resolución del procedimiento sancionador expediente n.º G/7/06/CO dictada el 12 de septiembre de 2006 por el Director de Consumo y Seguridad Industrial del Departamento de Industria, Comercio y Turismo.

Habiéndose intentado sin efecto la notificación ordinaria de la referida propuesta a Gregorio Ramajo titular de Carpintería Goyo con último domicilio conocido, en Trasera P.º Colón, 39 de Irun, se procede a la publicación del presente anuncio.

Norma infringida:

– Artículo: 50.3. El incumplimiento, en la prestación de todo tipo de servicios, de las condiciones de calidad, cantidad, intensidad, naturaleza, plazo o precio, de acuerdo con la normativa aplicable, o con las condiciones en que se presten u oferten.

Descripción de la infracción:

– El incumplimiento en la prestación de todo tipo de servicios, de las condiciones de calidad, cantidad, intensidad, naturaleza, plazo o precio, de acuerdo con la normativa que resulte aplicable, o con las condiciones en que se presten u oferten.

Sanción:

Se resuelve imponer a Gregorio Ramajo titular de Carpintería Goyo.

– Por la comisión de la infracción tipificada en el artículo 50.3.b) de la Ley 6/2003, de 22 de diciembre, de Estatuto de las Personas Consumidoras y Usuarias, una sanción de multa de 6.000 euros.

Advertencias legales:

Se le advierte al interesado que frente a la presente Resolución puede interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación ante el Viceconsejero de Comercio, Consumo y Seguridad Industrial, de conformidad con lo preceptuado en los artículos 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero.

Lo que se notifica mediante su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, a los efectos prevenidos en el artículo 59.5, de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

En Donostia–San Sebastián, a 27 de septiembre de 2006.

El Director de Consumo y Seguridad Industrial,

RUBÉN MENDIOLA ERKOREKA.


Análisis documental