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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 135, lunes 17 de julio de 2006


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Interior
3715

ANUNCIO, por el que se notifica a D. Francisco Javier Arcos Morán la Resolución de 12 de junio de 2006 del Director de Juego y Espectáculos.

Por Resolución de 12 de junio de 2006, del Director de Juego y Espectáculos, dictada en el expediente sancionador 2006/4-D, se impone a D. Francisco Javier Arcos Morán, DNI 16280517-J, con domicilio en Vitoria-Gasteiz, Plaza Martín de Salinas,2, la sanción de multa de trescientos euros, por el expediente citado, como autor responsable de una falta leve prevista en el artículo 34.j) de la Ley 4/1995, de 10 de noviembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en relación con el artículo 33.a) del mismo texto legal.

Intentada sin efecto la notificación de la citada resolución sancionadora al interesado, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, comunicándole que contra la citada resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá el interesado interponer recurso de alzada ante la Viceconsejera de Interior, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación del presente anuncio.

El importe de dicha sanción ha de ingresarse, indicando el número del expediente sancionador, en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:

2097/0178/13/0010960765 de la Caja Vital Kutxa, Oficina Principal de Vitoria-Gasteiz.

2095/0631/51/9101163091 de la Bilbao Bizkaia Kutxa, Oficina Central de Gran Vía 23.

2101/0381/04/0010772283 de la Gipuzkoa Donostia, Oficina Central de Garibay.

En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Vitoria-Gasteiz, a 26 de junio de 2006.

El Director de Juego y Espectáculos,

ALBERTO SANZ URIEN.


Análisis documental