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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 213, miércoles 9 de noviembre de 2005


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 5 de Vitoria-Gasteiz
5562

EDICTO dimanante del juicio verbal L2 n.º 606/05 seguido sobre desahucio por resolución de contrato.

Juzgado de Primera Instancia n.° 5 de Vitoria-Gasteiz.

Juicio: J. verbal desh. L2 606/05.

Demandante: Inmobiliaria Abanto 2.000, S.L.

Abogado: D. Cuesta Calzada, Fernando.

Procurador: D. Iñaki Sanchiz Capdevila.

Demandado: World Wide Arms, S.L.

Sobre: desahucio resolución de contrato.

En el referido juicio se ha dictado el 19-10-2005 sentencia cuyo fallo es el siguiente:

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda promovida por D. Iñaki Sanchiz Capdevila, Procurador de los Tribunales, y de Inmobiliaria Abanto 2000, S.L., contra World Wide Arms, S.L., en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio solicitado y a la resolución del contrato de arrendamiento que une a las partes, y, en consecuencia, condenar a la demandada a estar y pasar por dicha resolución y a que desalojen, dejen libre y a disposición del actor el pabellón industrial sito en el Polígono Industrial de Ansoleta, calle Anboto, n.º 12 de Vitoria, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifican en plazo legal, con expresa imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, informándole que no es firme, y contra ella cabe interponer recurso de apelación en los términos prevenidos en el artículo 449.1 de la Ley 1/2000.

Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.

Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado World Wide Arms, S.L. y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Álava.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Vitoria-Gasteiz, a 19 de octubre de 2005.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


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