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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 213, miércoles 9 de noviembre de 2005


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 1 de Eibar
5561

EDICTO dimanante del procedimiento L2 n.º 385/04-B seguido sobre dominio por prescripción adquisitiva.

Juzgado de Primera Instancia n.° 1 de Eibar (Gipuzkoa).

Juicio: Pro. ordinario L2 385/04.

Demandante: D. Felix Ormaechea Echeverria.

Abogado: D. Laca Muñoz, Aitor.

Procurador: D. Luis Echaniz Aizpuru.

Demandado: Enrique Ormaechea Echeverria, Dionisia Ormaechea Uriarte, Serapia Ormaechea Uriarte, Engracia Ormaechea Uriarte y Juan Ormaechea Uriarte.

Sobre: dominio por prescripción adquisitiva.

SENTENCIA N.° 76/05

En Eibar, a 1 de septiembre de 2005.

Vistos por mí, María José Aguirre Zuazo, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número uno de los de Eibar y su partido, los presentes autos de Juicio Ordinario, seguidos bajo el número de procedimiento 385/04, seguidos a instancia de D. Luis Echaniz Aizpuru, Procurador de los Tribunales y de D. Felix Ormaechea Echeverría, frente a D. Enrique Ormaechea Etxeberría, Dña. Dionisia, Dña. Serapia, Dña. Engracia y D. Juan Ormaechea Uriarte, o herederos de cualquiera de ellos, en situación de rebeldía procesal, en ejercicio de acción declarativa de dominio por prescripción adquisitiva, dicto la presente sentencia

FALLO

Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por D. Luis Echaniz, en nombre y representación de D. Felix Ormaechea Echeverría, debo declarar y declaro adquirido por D. Felix Ormaechea Echeverría el pleno dominio de la vivienda sita en Calle Txonta n.° 11-3.° izda de la localidad de Eibar por prescripción adquisitiva extraordinaria, debiéndose librar mandamiento al Registro de la Propiedad de Eibar a fin de que se inscriba dicho dominio a nombre del demandante, previo requerimiento de la oportuna descripción e inscripción registral y declarando de oficio las costas del proceso.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que deberá interponerse ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación y del que conocerá la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio para incorporarlo a la causa, llevando su original al Libro de Sentencias del Juzgado, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación.– Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el mismo Juez que la dicto, hallándose celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado Dionisia Ormaechea Uriarte, Serapia Ormaechea Uriarte, Engracia Ormaechea Uriarte y Juan Ormaechea Uriarte y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial del País Vasco.

Contra dicha resolución el demandado rebelde puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Gipuzkoa.

El recurso se prepara por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles, contados desde el siguiente a la publicación de este edicto y limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la LECn).

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este tribunal.

En Eibar (Gipuzkoa), a 6 de octubre de 2005.

LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental