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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 66, viernes 8 de abril de 2005


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Otras Disposiciones

Educación, Universidades e Investigación
1731

ORDEN de 16 de marzo de 2005, de la Consejera de Educación, Universidades e Investigación, por la que se convoca la 3.ª Olimpiada de Matemáticas "Eduardo Chillida".

El Departamento de Educación, Universidades e Investigación considera que el trabajo en Resolución de Problemas de Matemáticas es una actividad formativa de primer orden para el desarrollo intelectual de las alumnas y los alumnos. Además, las últimas evaluaciones internacionales han puesto de manifiesto la importancia de este tema en la enseñanza de las matemáticas y la necesidad de impulsar su trabajo en el aula. En consecuencia, se convoca la Olimpiada de Matemáticas "Eduardo Chillida" para alumnos y alumnas de 2.º Curso de ESO con los objetivos siguientes:

– Estimular la creatividad, la capacidad de decisión, el pensamiento divergente y la habilidad para enfrentarse a nuevas situaciones y resolver problemas no rutinarios.

– Fomentar el interés y gusto por las Matemáticas a través de la Resolución de Problemas.

– Popularizar el área de Matemáticas con una actividad formativa y divertida para alumnado y profesorado.

– Favorecer el intercambio y el conocimiento mutuo entre los centros, el profesorado que imparte Matemáticas y los alumnos y las alumnas de este nivel educativo en la Comunidad Autónoma del País Vasco.

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo 1.– Objeto.

1.– Convocar la 3.ª Olimpiada de Matemáticas "Eduardo Chillida" para el curso 2004-2005.

Artículo 2.– Recursos económicos.

1.– El importe global de los recursos económicos destinados a la finalidad de la presente Orden asciende a la cantidad de 10.000 euros.

2.– El expresado importe podrá ser aumentado en función de las disponibilidades económicas no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas de ayudas del Departamento de Educación, Universidades e Investigación y con carácter previo a la Resolución de la convocatoria. De producirse dicha circunstancia se dará publicidad mediante Resolución del Viceconsejero de Administración y Servicios.

Artículo 3.– Organización.

Los asesores de Matemáticas de los Berritzegunes del Departamento de Educación, Universidades e Investigación se constituirán en Comisión para la organización de la Olimpiada.

Artículo 4.– Destinatarios.

Podrán tomar parte en esta convocatoria las alumnas y los alumnos que durante el curso 2004-2005 estén cursando 2.º de Educación Secundaria Obligatoria en algún centro de la CAPV.

Artículo 5.– Participación.

1.– La participación se hará a través del centro escolar. El centro participante deberá designar un profesor o profesora, que será responsable de la comunicación entre la Comisión y el centro.

2.– Los datos necesarios para la inscripción, así como toda la información sobre la Olimpiada, se encuentran disponibles en la página web www.saretik.net/mateolinpiada

Artículo 6.– Desarrollo de la Olimpiada.

1.– La Olimpiada constará de dos fases:

a) Primera Fase.

1.– Selección en cada centro. Cada centro seleccionará, entre su alumnado, a un máximo de 2 representantes. Para facilitar esta tarea la Comisión enviará a todos los centros que lo soliciten una prueba consistente en 4 problemas, mediante la cual pueda realizarse la selección.

2.– Realizada la selección, antes del 4 de mayo, el/la responsable de cada centro enviará a la Comisión Organizadora los nombres de las alumnas y/o alumnos seleccionadas y/o seleccionados a través de la página web www.saretik.net/ mateolinpiada o cualquier otro medio admitido en derecho.

b) Segunda Fase.

1.– Fase Territorial (14 de mayo).

En esta fase participará el alumnado seleccionado en la Primera Fase y se desarrollará en cada una de las tres capitales de la Comunidad Autónoma Vasca, en los lugares que oportunamente se indicarán.

Se celebrará el 14 de mayo por la mañana, la Comisión propondrá 4 problemas de Matemáticas para ser resueltos por las y los participantes.

2.– Los problemas serán enunciados tanto en euskara como en castellano en la misma hoja de enunciados.

Se permitirá la utilización de instrumentos de dibujo y calculadora que, en su caso, deberán ser aportados por los y las participantes.

Artículo 7.– Comisión evaluadora y Criterios de evaluación.

1.– La Comisión para la organización de la Olimpiada se constituirá en Comisión evaluadora y, si fuera necesario, podrá solicitar la colaboración de profesores o profesoras de Matemáticas de Educación Secundaria que no tengan alumnos o alumnas participantes para la evaluación de los trabajos realizados.

Los trabajos presentados se calificarán de uno a 30 puntos de acuerdo con los siguientes criterios:

– La creatividad y originalidad en el enfoque y la resolución de los problemas. Hasta 10 puntos.

– Una explicación razonada y clara de los procesos seguidos en la resolución. Hasta 10 puntos.

– La precisión en los cálculos. Hasta 5 puntos.

– El orden y la limpieza en la presentación del trabajo y de los resultados. Hasta 5 puntos.

Artículo 8.– Resolución de la convocatoria.

1.– La convocatoria será resuelta por el Director de Innovación Educativa a propuesta de la Comisión Evaluadora en el plazo de seis meses desde la publicación de la presente Orden en el BOPV.

2.– La Resolución para su efectividad y notificación será publicada en el Boletín Oficial del País Vasco.

Artículo 9.– Reconocimiento.

1.– Todos los alumnos y alumnas participantes en la Fase Territorial recibirán un diploma acreditativo de su participación.

2.– Para quienes se clasifiquen entre los doce primeros puestos se establecen los premios siguientes:

a) Estancia y curso de idioma de 4 semanas en un país de la Unión Europea residiendo en familia para quienes ocupen el puesto 1.º a 4.º.

b) Una cámara digital para quienes ocupen el puesto 5.º y 6.º.

c) Una calculadora gráfica para quienes ocupen el puesto 7.º a 12.º.

3.– La relación nominal de quienes se clasifiquen entre los doce primeros puestos se comunicará a cada uno de los centros participantes y se publicará en la página web www.saretik.net/mateolinpiada a partir del día 25 de mayo.

Las alumnas y los alumnos que accedan a premio deberán manifestar expresamente la aceptación del mismo y aportar, en el caso de las estancias en el extranjero, la preceptiva autorización del padre, madre o tutor.

4.– Las alumnas y/o alumnos que ocupen los dos primeros puestos mantendrán tal clasificación a efectos de participar en las Fases supracomunitarias que pudieran convocarse.

En los desplazamientos, si fueran necesarios, irán acompañados de un profesor o profesora, corriendo los gastos por cuenta del Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

Artículo 10.– Aceptación de la normativa.

La participación en esta convocatoria supone la aceptación plena de las bases que la regulan.

DISPOSICIONES FINALES

Primera.– En todo lo no previsto por las bases en materia de procedimiento será de aplicación la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Segunda.– La Convocatoria y sus Bases, y cuantos actos administrativos se deriven de ésta, podrán ser impugnados en el plazo y en la forma establecidos por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Tercera.– La presente Orden surtirá efecto el día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 16 de marzo de 2005.

La Consejera de Educación, Universidades e Investigación,

ANJELES IZTUETA AZKUE.


Análisis documental