N.º 49, viernes 11 de marzo de 2005
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Administración de Justicia
Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Barakaldo
1205
EDICTO dimanante del juicio verbal L2 n.º 507/04 seguido sobre reclamación de cantidad.
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
Juez que la dicta: D.ª Susana Diez Martínez de Lahidalga.
Lugar: Barakaldo (Bizkaia).
Fecha: veinticinco de noviembre de dos mil cuatro.
N.I.G.: 48.02.2-04/005657 Procedimiento: J. verbal desh. L2 507/04.
Parte Demandante: Promoción y Gestión Inmobiliaria Zaisa S.L.
Abogado: Luis Javier Sánchez Gómez.
Procurador: Paula Basterreche Arcocha.
Parte Demandada: Maria Lisa Lago García y Michel Tena Palacio.
Abogado: y
Procurador: y
Objeto del juicio: desahucio falta de pago y reclamación de rentas.
FALLO
Estimo la demanda formulada por la procuradora doña Paula Basterreche Arcocha, en nombre y representación de la mercantil Promociones y Gestión Inmobiliaria Zaisa, S.L. contra doña María Luisa Lago García y don Michel Tena Palacio, y en su virtud declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento que une a las partes sobre la vivienda de la planta baja, mano F, del edificio sito en la calle Requeta 9, de Barakaldo, piso duplex, con destino a uso distinto del de vivienda y sobre el garaje sito en el mismo edificio, sótano 02, plaza de aparcamiento n.° 100, de 22,650 m2, condenando a los demandados a desalojarla y dejarla a disposición de la actora, bajo apercibimiento de lanzamiento si no lo verifica en el plazo legal.
Asimismo condeno a los demandados a pagar a la actora la cantidad de 5.854,52 más 4.326 euros más IVA, lo que asciende a 10.872,68 euros, intereses previstos en el art. 576 de la LEC, con imposición de costas a los demandados.
Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los cinco días siguientes al en que se notifique esta resolución.
Llévese el original al libro de sentencias.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D.ª Maria Lisa Lago García, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
Barakaldo (Bizkaia), a 7 de febrero de 2005.
EL/LA SECRETARIO.