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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 135, viernes 16 de julio de 2004


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Administración de Justicia

Juzgado de Primera Instancia N.º 3 de Tolosa
3902

EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 67/04 seguido sobre desahucio por falta de pago.

Juzgado de Primera Instancia n.º 3 de Tolosa (Gipuzkoa).

Juicio: J. verbal desh. L2 67/04.

Parte Demandante: Juan Maria Arcelus Goenaga, Juana Josefa Gorrochategui Oyarzabal y Iñaki Arcelus Gorrochategui.

Parte Demandada: Ruth Tife Valerio.

Sobre: Desahucio por Falta de Pago.

En el juicio referenciado, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Tolosa, a 14 de mayo de 2004.

Vistos por D.ª Estefanía López Muñoz, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de esta ciudad los presentes autos de juicio verbal n.º 67/04, seguidos a instancia de D. Juan María Arcelus Goenaga, D.ª Juana Josefa Gorrochategui Oyarzabal y D. Iñaki Arcelus Gorrochategui, representados por el procurador D. José Ignacio Otermin Garmendia y asistidos del letrado D. José María Iturrioz Pérez, contra D.ª Ruth Tife Valerio, declarada en rebeldía.

FALLO

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por el procurador D. José Ignacio Otermin Garmendia, en nombre y representación de D. Juan María Arcelus Goenaga, D.ª Juana Josefa Gorrochategui Oyarzabal y D. Iñaki Arcelus Gorrochategui, declaro resuelto por falta de pago el contrato de arrendamiento suscrito entre estos y D.ª Ruth Tife Valerio, de fecha 1 de julio de 2002, sobre la vivienda sita en la calle Berjaldegi n.º 1, 1.º derecha, de la localidad de Ormaiztegi, condenando a la citada demandada a que la desaloje y la deje libre y a disposición de la actora en el plazo de un mes. De no hacerlo, podrá ser lanzada a su costa. Con expresa condena en costas de la demandada.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá preparase en el plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación.

Así por ésta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En atención al desconocimiento del actual domicilio o residencia de la parte demandada, sirva la presente de notificación al mismo.

En Tolosa (Gipuzkoa), a veinticuatro de mayo de dos mil cuatro.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL.


Análisis documental