N.º 131, lunes 12 de julio de 2004
- Otros formatos:
- Texto bilingüe
El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico
Otras Disposiciones
Cultura
3776
RESOLUCIÓN de 28 de junio de 2004, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se impulsa la tramitación del expediente de declaración como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, para el núcleo formado por el Barrio de Eleizalde en Usurbil (Gipuzkoa).
Mediante Resolución de 10 de marzo de 1980 del Director General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos del Ministerio de Educación y Ciencia, publicada en el BOE n.º 93, de 17 de abril, se incoó expediente para la declaración de Conjunto Histórico-Artístico a favor de Usurbil (Gipuzkoa), referida al núcleo formado por el Barrio de Eleizalde.
Por otra parte, el 10 de noviembre de 1987, el Ayuntamiento de Usurbil formuló otra solicitud de declaración, referida al antiguo Barrio de Kale-Zahar o Belmonte.
Ambas solicitudes fueron estudiadas por la Junta del Patrimonio Monumental de Euskadi en la sesión 2/1987, celebrada el 10 de diciembre, en la que los miembros observaron la necesidad de contar con información urbanística respecto a la protección que a ambos núcleos otorgaba la Normativa Urbanística vigente en aquel tiempo, para estudiar con detalle, en su caso, las delimitaciones a fijar en ambos casos, posponiendo el tratamiento del tema hasta la sesión 2/1988, celebrada el 23 de marzo. En esta segunda sesión, la Junta estimó que ninguno de los dos núcleos ofrece singularidad ni representatividad especial en relación con otros núcleos similares existentes en la Comunidad Autónoma de Euskadi, desestimando la declaración de Conjunto Histórico para ambos casos.
El expediente fue sometido al trámite de información pública y publicado en el Boletín Oficial de País Vasco de 2 de diciembre de 1988 y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa de 7 de diciembre de 1988, sin que se formulasen alegaciones.
A la vista de lo expuesto y, dado el tiempo transcurrido desde la incoación del expediente, se considera necesario impulsar su tramitación, en aras a la procedencia de emitir una resolución acorde con la debida protección del patrimonio cultural del Pueblo Vasco, y de conformidad con el procedimiento legalmente establecido al efecto, sometiéndose el expediente a un nuevo trámite de información pública y audiencia a los interesados.
Por todo ello, considerando lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, de Patrimonio Cultural Vasco, así como en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y vistos los informes obrantes en el expediente,
RESUELVO:
Primero.– Abrir un nuevo periodo de información pública del expediente incoado para la declaración de Bien Cultural Calificado, con la categoría de Conjunto Monumental, a favor del núcleo formado por el Barrio de Eleizalde en Usurbil, para que durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previene los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en la Calle Donostia-San Sebastián n.º 1 de Vitoria-Gasteiz.
Segundo.– Notificar la presente Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Usurbil, a los Departamentos de Cultura y Urbanismo de la Diputación Foral de Gipuzkoa y al Departamento de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente del Gobierno Vasco, otorgándoles un plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, a fin de que puedan alegar y presentar cuantos documentos o justificaciones estimen pertinentes.
Tercero.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Gipuzkoa para su general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 28 de junio de 2004.
El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,
GURUTZ LARRAÑAGA ZUBIZARRETA.