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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 45, viernes 5 de marzo de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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Interior
1225

ANUNCIO por el que se notifican las Resoluciones del Director de Seguridad Ciudadana de los expedientes que abajo se indican, incoados con relación a infracciones de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana, Ley 23/1992, de 30 de julio, de Seguridad Privada y Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada .

Intentada sin efecto la notificación de dichas Resoluciones, se publica el presente anuncio en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Lo que se hace público para conocimiento de los interesados, a quienes debe servir de notificación individual, con las siguientes advertencias:

1.– Contra la citada Resolución que no pone fin a la vía administrativa podrá el interesado interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Seguridad, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la publicación del presente Anuncio. Al objeto de examinar el expediente, éste se encuentra a su disposición en el Gabinete del Viceconsejero de Seguridad, en la calle Larrauri Mendotxe Bidea, 18 de Erandio

2.– La multa deberá pagarse:

a) La notificada entre los días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera.

b) La notificada entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior, si aquél no lo fuera.

Cuando el plazo de un mes para la interposición de recurso de alzada frente esta resolución finalice con posterioridad al citado plazo establecido con carácter general, el plazo de pago se extenderá hasta el día hábil siguiente a la finalización del plazo de interposición de recurso, siempre que no se produzca dicha interposición.

(Art.44.3/44.1/44.4 del Decreto 212/1998, de 31 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación de la Hacienda General del País Vasco)

3.– El ingreso se realizará, citando el nombre y el n.º. de expediente, y señalando que corresponde al Departamento de Interior, en cualquiera de las siguientes cuentas bancarias:

Cuenta Central de la Tesorería General del País Vasco

Bilbao Bizkaia Kutxa-BBK

Cuenta n.º. 2095-0631-55-21-31000143

Caja de Ahorros de Gipuzkoa y San Sebastián/Gipuzkoa eta Donostiako Kutxa-Kutxa.

Cuenta n.º: 2101-0760-69-0002788214

Caja de Ahorros de Vitoria y Álava/Araba eta Gasteizko Kutxa-Caja Vital Kutxa.

Cuenta n.º: 2097-0178-92-0015172561

4.– En caso de no hacer efectiva la sanción en el plazo voluntario indicado, se procederá a su exacción por la vía de apremio sobre su patrimonio, en virtud de lo dispuesto en el artículo 97.1 de la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

IZEN-ABIZENAK ESP. ZK. LEGE-HAUSTE EBAZPEN ZEHAPENA HAUTSITAKO

EGUNA EGUNA ARAUA

APELLIDOS Y NOMBRE N.º EXP.– FECHA INFRAC. FECHA RESOL. SANCION ART. INFRING.

SANTAMARIA LITE, VICENTE 405X0301296-5 28-05-03 14-11-03 301 eur. 23ñ) LOPSC

155.1.2b) RSP

Bilbao, a 16 de enero de 2004.

El Director de Seguridad Ciudadana,

JON ARTURO URIARTE UNZALU.


Análisis documental