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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 44, jueves 4 de marzo de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

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SPRI, S.A.
1206

ANUNCIO relativo a la modificación de la normativa del Programa Konekta Zaitez Mikroenpresak por el que se establecen medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones (TICS) en las microempresas.

El Consejo de Administración de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. de 17 de diciembre de 2003, ha acordado modificar la Normativa del Programa del Programa Konekta Zaitez Mikroenpresak por el que se establecen medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las microempresas, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco número 173 de fecha 12 de septiembre de 2002 y Boletín Oficial del País Vasco número 146 de fecha 28 de julio de 2003, en el sentido de cambiar la redacción del artículo 5.– "Hecho Subvencionable" y del artículo 6.– "Cuantía de las Ayudas", cuya nueva redacción y texto íntegro es el siguiente:

Artículo 5.– Hecho Subvencionable

Tendrán la consideración de hechos subvencionables:

1.– La adquisición de ordenadores que cumplan o superen las siguientes especificaciones:

PC de sobremesa: El equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador a 2.000 Mhz (de eficiencia igual o superior a un AMD Athlon 2.000 Mhz. o INTEL PIII a 2.000 Mhz.); 256 Mb de memoria RAM; 30 Gb de disco duro; CD-ROM 48X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 15" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; slots libres, teclado, disketera y ratón.

Macintosh de sobremesa: El equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador Power PC G3 500 Mhz. o equivalente; 64 Mb de memoria RAM; 20 Gb de disco duro; CD-ROM 24X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 15" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; slots libres, teclado y ratón.

Portátil Macintosh: El equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador Power PC G3 500 Mhz. o equivalente; 128 Mb de memoria RAM; 15 Gb de disco duro; CD-ROM 24X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 12" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; teclado y ratón.

Portátil PC: El equipo tendrá unas prestaciones al menos equivalentes o superiores a uno que disponga de un procesador Celeron 1.000 Mhz. o equivalente; 256 Mb de memoria RAM; 10 Gb de disco duro; CD-ROM 24X; Modem interno de 56 Kbs. V90; Pantalla 12" color; Tarjeta de sonido; Tarjeta gráfica; teclado, disketera y ratón.

En los cuatro modelos de equipos descritos podrá obviarse el Modem interno siempre y cuando el comprador acredite conexión a Internet a través de otros dispositivos (Modem externo, ADSL, Cable modem, etc.)

2.– Los gastos de alta y conexión a Internet

Gastos de alta en el proveedor de acceso a Internet así como de las cuotas de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención durante los 6 primeros meses.

3.– Los gastos de desarrollo de la página web de la empresa y registro del dominio.

Gastos de desarrollo de la página web de la empresa así como los gastos de registro del dominio de la empresa durante un año.

Los trabajos descritos en los puntos 2 y 3 así como la venta de los equipos (punto 1) deberán ser realizados por entidades o empresas especializadas que no tengan vinculación vía acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante.

En función de la evolución tecnológica, SPRI,S.A. podrá modificar las características mínimas requeridas al equipo descritas en el punto 1 de este artículo cuando así lo considere necesario, durante el período de vigencia del presente programa y previa publicación de esta actualización.

En relación a los puntos 1 y 2 de este apartado, solamente se admitirán solicitudes de ayuda para estos conceptos cuando se acredite conjuntamente la adquisición de equipos informáticos y su alta y conexión a Internet. Con carácter excepcional se podrán admitir solicitudes de subvención exclusivamente para los gastos de alta y conexión a Internet (punto 2) cuando la empresa acredite haber adquirido durante el ejercicio en el que presenta la solicitud algún ordenador (equipos para el proceso de información) a través de los programas "Apoyo a la modernización de equipamientos Comerciales" o " Apoyo a la modernización de equipamientos básicos en empresas turísticas" del Departamento de Industria Comercio y Turismo.

Los gastos de desarrollo de la página web de la empresa así como el registro del dominio (punto 3) podrán presentarse independientemente de los puntos 1 y 2 del presente apartado.

Artículo 6.– Cuantía de las ayudas.

Una subvención de 250 euros a la compra de cada ordenador nuevo que se ajuste a las características técnicas especificadas en el Artículo 5 y que hayan sido adquiridos el año en que se presentó la Solicitud de Ayuda. Cada empresa beneficiaria solamente se podrá acoger una vez al programa KZ MICROEMPRESAS durante todo el período de vigencia del mismo, pudiendo adquirir un máximo de 2 ordenadores bajo este programa. En todos los casos la factura de adquisición de los equipos deberá detallar los componentes básicos del equipo así como acreditar la adquisición de la licencia de un Sistema Operativo.

Una subvención del 50 % del importe de los gastos de alta en el proveedor de acceso a Internet así como de las cuotas de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención durante los 6 primeros meses y con un máximo de 200 euros de subvención por estos conceptos.

Una subvención del 50 % de los gastos de desarrollo de la página web de la empresa (realizados por entidades o empresas especializadas que no tengan vinculación vía acciones o participaciones ni directa ni indirectamente con la empresa solicitante) así como los gastos de registro del dominio de la empresa. La página web, para ser subvencionable, deberá tener al menos las siguientes funcionalidades:

– Que tenga la posibilidad de remitir por email consultas a la empresa.

– Que tenga registrado un dominio propio para la página web para la que solicita la ayuda.

– Que disponga de presentación de la empresa.

– Que disponga de información del producto o servicio de la empresa.

– Que incorpore información legal sobre la empresa (CIF, domicilio social, etc.).

– Que disponga de navegación por menús.

– Que informe sobre la ubicación de la empresa.

La subvención máxima para el desarrollo de páginas webs será de:

– 250 euros si cumple las nuevas funcionalidades mínimas establecidas en la normativa

– 500 euros si supera las nuevas funcionalidades establecidas en la normativa. Además, en este segundo caso, dispondrá de una subvención adicional del 15% (máximo 150 euros) de los gastos de desarrollo de la página web en el caso de que supere las nuevas funcionalidades mínimas establecidas en la normativa y además se aplique en el desarrollo de estás páginas web las normas WAI (Web Accesibility Initiative – www.w3.org/WAI) en los niveles establecidos por SPRI, S.A. en el momento de presentación de la Solicitud de Ayuda y que estarán publicados en la web www.spri.net

Solamente se admitirán facturas cuya fecha esté dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud de ayuda.

La subvención máxima concedida a cada empresa en este programa durante toda la vigencia del mismo será de 1.350 euros, distribuidos de la siguiente forma:

– 500 euros para la adquisición de ordenadores conectados a Internet.

– 200 euros para los gastos de conexión a Internet de los ordenadores objeto de subvención.

– 650 euros para los gastos de desarrollo de la página web de la empresa.

Las empresas solicitantes tendrán la obligación de comunicar a SPRI, S.A. cualquier solicitud u obtención de subvención o ayuda referida a los mismos conceptos subvencionables presentados u obtenidas de otros programas o instituciones. Las ayudas serán incompatibles con otras ayudas provenientes de la administración y que subvencionen los mismos conceptos.

En Bilbao, a 17 de diciembre de 2003.

El Presidente de SPRI, S.A.,

JOSU JON IMAZ SAN MIGUEL.


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