N.º 44, jueves 4 de marzo de 2004
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SPRI, S.A.
1204
ANUNCIO relativo a la modificación de la Normativa del Programa Konekta Zaitez Lankidetza por el que se establecen medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las Asociaciones y Empresas Tractoras y sus proveedores. El Consejo de Administración de la Sociedad para la Promoción y Reconversión Industrial, S.A. de 17 de diciembre de 2003, ha acordado modificar la Normativa del Programa del Programa Konekta Zaitez Lankidetza por el que se establecen medidas de apoyo para impulsar la incorporación de las nuevas Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TICS) en las Asociaciones y Empresas Tractoras y sus proveedores, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco número 227 de fecha 27 de noviembre de 2002, publicándose corrección de errores en el número 1 de fecha 2 de enero de 2003, en el sentido de cambiar la redacción del artículo 8.– "Cuantía de las Ayudas", cuya nueva redacción y texto íntegro es el siguiente: Artículo 8.– Cuantía de las ayudas. Con carácter general, el 50% de los Gastos Subvencionables descritos en el artículo 5 de esta norma para Asociaciones y Empresas Tractoras. A) Asociaciones La Ejecución de los Planes de Implantación de las TICS que impliquen la participación directa de sus asociados y que estén relacionados con el Diseño e implantación del Web site de la asociación (transaccional) y/o el Diseño e implantación de la Extranet de la empresa, la siguiente subvención: Un 15 % adicional a los porcentajes descritos en el apartado primero, para el caso de Asociaciones, si en dichas actuaciones se aplican las normas WAI (Web Accesibility Initiative – www.w3.org/WAI) en los niveles establecidos por SPRI, S.A. en el momento de presentación de la Solicitud de Ayuda y que estarán publicados en la web www.spri.net B) Empresas Tractoras Cada Empresa tractora podrá presentar como máximo un proyecto cada año (Enero-Diciembre) y la subvención máxima a obtener será de 33.000 euros. La subvención máxima concedida a la ASOCIACION por cada proyecto presentado a este programa será de 33.000 euros. Las ASOCIACIONES podrán presentar diferentes proyectos durante un año (enero a diciembre), sin que les afecte un límite máximo de subvención anual acumulada. No obstante para una misma Asociación no se admitirán proyectos presentados durante el mismo año (enero a diciembre) en los que participe una misma entidad asociada. Las empresas y/o asociaciones solicitantes tendrán la obligación de comunicar a SPRI, S.A. cualquier solicitud u obtención de subvención o ayuda referida al mismo proyecto. En caso de que no se haga esta comunicación se reclamará la devolución inmediata de la subvención concedida. En Bilbao, a 17 de diciembre de 2003. El Presidente de SPRI, S.A. JOSU JON IMAZ SAN MIGUEL.