Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 9, jueves 15 de enero de 2004


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Otras Disposiciones

Hacienda y Administración Pública
188

DECRETO 333/2003, de 23 de diciembre, por el que se autoriza al Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca la toma de participación en una ampliación de capital de la Sociedad Anónima Pública Eusko Irratia-Radiodifusión Vasca, S.A.

El artículo 44.2 de la Ley 14/1983, de 27 de julio, de Patrimonio de Euskadi dispone que el Gobierno podrá autorizar a los Entes Públicos de Derecho Privado la creación o participación en Sociedades de cualquier clase, con cargo a sus respectivos presupuestos, a propuesta conjunta del Consejero de Economía y Hacienda y del Consejero del Departamento del que dependan los Entes Institucionales mencionados.

La Junta General Universal de la Sociedad Anónima Pública Eusko Irratia-Radiodifusión Vasca, S.A., en fecha de 1 de diciembre de 2003, adoptó el acuerdo de ampliación de su capital social en setecientos noventa y cuatro mil novecientos noventa y nueve euros con ochenta y ocho céntimos (794.999, 88 euros), mediante la emisión de setecientas treinta y seis mil ciento once (736.111) nuevas acciones de un euro y ocho céntimos (1,08 euros) de valor nominal.

Siendo accionista único de la citada Eusko Irratia-Radiodifusión Vasca, S.A. el Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca, en ejercicio de los derechos que como socio ostenta en tal Sociedad respecto a las nuevas acciones y requiriendo, de conformidad a lo expuesto en el primer párrafo, autorización del Consejo de Gobierno para proceder a la adquisición de las nuevas acciones.

Finalmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 13.2 del Decreto 7/2001, de 16 de julio del Lehendakari el Ente público de Derecho Privado, Euskal Irrati Telebista/Radiotelevisión vasca, se encuentra adscrito al Departamento de Cultura.

En su virtud, a propuesta de las Consejeras de Hacienda y Administración Pública y de Cultura, previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de 23 de diciembre de 2003,

DISPONGO:

Artículo único.– Autorizar al Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca la toma de participación en la ampliación de capital de la Sociedad Anónima Pública Eusko Irratia-Radiodifusión Vasca, S.A., por setecientos noventa y cuatro mil novecientos noventa y nueve euros con ochenta y ocho céntimos (794.999, 88 euros), por las setecientas treinta y seis mil ciento once (736.111) nuevas acciones de un euro y ocho céntimos (1,08 euros) de valor nominal.

La toma de participación del Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca es equivalente al 100% de la ampliación a realizar, con lo que, tras la citada ampliación de capital, la participación del Ente Público Euskal Irrati Telebista-Radio Televisión Vasca en dicha Sociedad será de dos millones seiscientos ocho mil seiscientos noventa euros con treinta y dos céntimos (2.608.690,32 euros), distribuido en dos millones cuatrocientas quince mil cuatrocientas cincuenta y cuatro (2.415.454) acciones iguales de un euro y ocho céntimos (1,08 euros) de valor cada una, equivalente al 100% de su futuro capital social.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Decreto surtirá efectos desde su aprobación.

Dado en Vitoria-Gasteiz, a 23 de diciembre de 2003.

El Lehendakari,

JUAN JOSÉ IBARRETXE MARKUARTU.

La Consejera de Hacienda y Administración Pública,

IDOIA ZENARRUTZABEITIA BELDARRAIN.

La Consejera de Cultura,

MIREN KARMELE AZKARATE VILLAR.


Análisis documental