N.º 254, martes 30 de diciembre de 2003
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Transportes y Obras Públicas
7133
ORDEN de 28 de noviembre de 2003, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, por la que se adjudica la Beca F-40 del Programa 2003 de la Escuela de Administración Marítima.
Mediante Orden de 23 de julio de 2003, del Consejero de Transportes y Obras Públicas, se procedió a la convocatoria del Programa de Becas 2003 de la Escuela de Administración Marítima (Boletín Oficial del País Vasco n.º 170 de 2 de septiembre de 2003).
Con fecha 21 de noviembre de 2003 fue comunicada la decisión de la comisión de selección a los interesados a los efectos de cumplimiento de la base 8.5 de la Orden de convocatoria, no habiéndose producido alegaciones.
Con fecha 27 de noviembre de 2003, se eleva propuesta de adjudicación de la citada beca al Departamento de Transportes y Obras Públicas, formulada por la Comisión de selección constituido a tal efecto, según se desprende del Acta de la reunión del mismo, de fecha 20 de noviembre de 2003, y que se incorpora como Anexo a la presente Orden.
La tramitación de las citadas Becas cumple con todos los requisitos exigidos para la misma, en su Orden de convocatoria.
Considerando que este Departamento es competente para resolver el expediente que se examina, en virtud de lo dispuesto en la Ley de Gobierno de 30 de junio de l981, en el artículo 4 del Decreto 20/2002, de 15 de enero, de estructura orgánica y funcional del Departamento de Transportes y Obras Públicas, así como en la Orden de 23 de julio de 2003, por la que se convoca el programa de Becas correspondiente al año 2003 (BOPV 170 de 2 de septiembre de 2003).
En su virtud,
DISPONGO:
Artículo 1.º.– Otorgar la Beca F-40 del programa 2003 de la Escuela de Administración Marítima por el importe del crédito de 9.000 Euros de la partida presupuestaria 03.0.1.12.13.0100.4.453.02.51510.002/J, a favor de Dña. María Casimiro Salterain con arreglo a la Orden de convocatoria y de conformidad con la propuesta de la Comisión de Selección prevista en la misma.
Artículo 2.º.– El adjudicatario de la misma desarrollará esta beca de acuerdo a lo dispuesto en la Orden de convocatoria, sometiéndose a las disposiciones que rigen en la Escuela de Administración Marítima en cuanto a disciplina, horario y régimen académico, salvo los desplazamientos que sean necesarios para el desarrollo de la misma, previa autorización.
El pago de la beca se efectuará de acuerdo con lo dispuesto en la Orden de convocatoria, condicionando el primer pago de la misma al cumplimiento de las exigencias derivadas sobre la incompatibilidad del trabajo remunerado previsto en la base undécima, lo cual será verificado por los servicios técnicos de la Dirección de Puertos y Asuntos Marítimos, y si no se cumpliera la misma procedería dejar sin efecto la presente Orden.
Artículo 3.º.– La presente Orden agota la vía administrativa y contra la misma podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el Organo que la dicta o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco.
Vitoria-Gasteiz, 28 de noviembre de 2003.
El Consejero de Transportes y Obras Públicas,
ÁLVARO AMANN RABANERA.