N.º 241, miércoles 10 de diciembre de 2003
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Sanidad
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RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2003, del Viceconsejero de Sanidad, por la que se conceden Becas y Ayudas para Formación en Investigación.
Por Orden de 3 de junio de 2003 (BOPV de 16 de julio de 2003) del Consejero de Sanidad, se convocaron Becas y Ayudas para la realización de planes de formación en investigación en el ámbito de la salud.
El artículo 14 de dicha Orden establece que las solicitudes de Becas y Ayudas serán resueltas por el Viceconsejero de Sanidad, a propuesta de la Comisión de Valoración nombrada al efecto por el Consejero de Sanidad, mediante Resolución que será publicada en el BOPV.
Por todo lo expuesto, vistas las solicitudes presentadas a esta convocatoria y considerada la propuesta de la Comisión de Valoración,
RESUELVO:
Primero.– Conceder las Becas y Ayudas para Formación en Investigación a las personas y en las cuantías que a continuación se determinan:
A) Becas.
GORORDO UNZUETA, 	 1300 euros
M. Inmaculada	
LANDALUCE OKERANZA, Garrastatxu	 486 euros.
MARTIN CORRAL, Miren Josune	 930 euros
MORAZA CORTES, Francisco Javier	 1380 euros
B) Ayudas.
ANDOLLO HERVÁS, Izaskun	 8860 euros
CASAS MAESO, Nerea	 4135 euros
CHIC PALACIN, Susana	 3880 euros
DE LA TORRE MUÑECAS, Germán	 6700 euros
GARCIA RICOBARAZA, María	 2400 euros
GARCIA-ORAD CARLES, Africa	10860 euros
GARRIDO NAVARIDAS, David	 4730 euros
GASTIASORO CUESTA, Elena	 1500 euros
GORORDO UNZUETA, 	3880 euros
M. Inmaculada	
GUERRA MARTIN, Lourdes	 6700 euros
LANDALUCE OKERANZA, 	 4130 euros
Garrastatxu	
MARTIN CORRAL, Miren Josune	 4360 euros
MIELGO TURUELO, Victoria Eugenia	 3100 euros
MORAZA CORTES, Francisco Javier	 3165 euros
PIJOAN ZUBIZARRETA, José Ignacio	 1580 euros
PRIETO PEREA, José Angel	 5000 euros
REY SANTANO, M. Carmen	 2000 euros
SANCHEZ GOMEZ, Sheila	 4553 euros
SANCHEZ PEREZ, Alvaro	 8860 euros
Segundo.– Denegar la Beca a los siguientes solicitantes:
– Amaia Saenz de Ormijana Hernández, Virginia Guillén Cañas, Rosa Montalbán Ranero, Olatz Esnal Lasarte y M. Aurora Arrue Ulles, por no haber alcanzado en la evaluación realizada por la Comisión los 60 puntos mínimos exigidos para ser considerada subvencionable su solicitud. (Artículo 11.2 de la Orden de convocatoria).
– Coralia Pérez Fernández por no acreditar estar empadronada en la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos un año antes de presentar la solicitud. (Artículo 2 de la Orden de convocatoria).
– Olga Merino Ochoa por incompatibilidad con la beca otorgada por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.
– Aintzane Sarasua Unanue por presentar la solicitud fuera de plazo (Artículo 8.2 de la Orden de convocatoria).
Tercero.– Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente.
En Vitoria-Gasteiz, a 5 de noviembre de 2003.
El Viceconsejero de Sanidad,
RAFAEL CERDÁN ARANDIA.