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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 241, miércoles 10 de diciembre de 2003


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Otras Disposiciones

Sanidad
6696

RESOLUCIÓN de 5 de noviembre de 2003, del Viceconsejero de Sanidad, por la que se conceden Becas y Ayudas para Formación en Investigación.

Por Orden de 3 de junio de 2003 (BOPV de 16 de julio de 2003) del Consejero de Sanidad, se convocaron Becas y Ayudas para la realización de planes de formación en investigación en el ámbito de la salud.

El artículo 14 de dicha Orden establece que las solicitudes de Becas y Ayudas serán resueltas por el Viceconsejero de Sanidad, a propuesta de la Comisión de Valoración nombrada al efecto por el Consejero de Sanidad, mediante Resolución que será publicada en el BOPV.

Por todo lo expuesto, vistas las solicitudes presentadas a esta convocatoria y considerada la propuesta de la Comisión de Valoración,

RESUELVO:

Primero.– Conceder las Becas y Ayudas para Formación en Investigación a las personas y en las cuantías que a continuación se determinan:

A) Becas.

GORORDO UNZUETA, 	 1300 euros

M. Inmaculada	

LANDALUCE OKERANZA, Garrastatxu	 486 euros.

MARTIN CORRAL, Miren Josune	 930 euros

MORAZA CORTES, Francisco Javier	 1380 euros

B) Ayudas.

ANDOLLO HERVÁS, Izaskun	 8860 euros

CASAS MAESO, Nerea	 4135 euros

CHIC PALACIN, Susana	 3880 euros

DE LA TORRE MUÑECAS, Germán	 6700 euros

GARCIA RICOBARAZA, María	 2400 euros

GARCIA-ORAD CARLES, Africa	10860 euros

GARRIDO NAVARIDAS, David	 4730 euros

GASTIASORO CUESTA, Elena	 1500 euros

GORORDO UNZUETA, 	3880 euros

M. Inmaculada	

GUERRA MARTIN, Lourdes	 6700 euros

LANDALUCE OKERANZA, 	 4130 euros

Garrastatxu	

MARTIN CORRAL, Miren Josune	 4360 euros

MIELGO TURUELO, Victoria Eugenia	 3100 euros

MORAZA CORTES, Francisco Javier	 3165 euros

PIJOAN ZUBIZARRETA, José Ignacio	 1580 euros

PRIETO PEREA, José Angel	 5000 euros

REY SANTANO, M. Carmen	 2000 euros

SANCHEZ GOMEZ, Sheila	 4553 euros

SANCHEZ PEREZ, Alvaro	 8860 euros

Segundo.– Denegar la Beca a los siguientes solicitantes:

– Amaia Saenz de Ormijana Hernández, Virginia Guillén Cañas, Rosa Montalbán Ranero, Olatz Esnal Lasarte y M. Aurora Arrue Ulles, por no haber alcanzado en la evaluación realizada por la Comisión los 60 puntos mínimos exigidos para ser considerada subvencionable su solicitud. (Artículo 11.2 de la Orden de convocatoria).

– Coralia Pérez Fernández por no acreditar estar empadronada en la Comunidad Autónoma del País Vasco al menos un año antes de presentar la solicitud. (Artículo 2 de la Orden de convocatoria).

– Olga Merino Ochoa por incompatibilidad con la beca otorgada por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación.

– Aintzane Sarasua Unanue por presentar la solicitud fuera de plazo (Artículo 8.2 de la Orden de convocatoria).

Tercero.– Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrán los interesados interponer recurso de alzada ante el Consejero de Sanidad en el plazo de un mes a partir de su publicación en el BOPV, de acuerdo con lo establecido en los artículos 114 y siguientes de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, en la redacción dada por la Ley 4/1999 de 13 de enero sin perjuicio de que puedan ejercitar cualquier otra acción legal que estimen pertinente.

En Vitoria-Gasteiz, a 5 de noviembre de 2003.

El Viceconsejero de Sanidad,

RAFAEL CERDÁN ARANDIA.


Análisis documental