N.º 241, miércoles 10 de diciembre de 2003
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Industria, Comercio y Turismo
6685
RESOLUCIÓN de 23 de octubre de 2003, del Director de Energia, por la que se autoriza la instalación y se aprueba el proyecto de línea eléctrica y centros de transformación, en los términos municipales de Ortuella y Abanto y Ciérvana.
REF: L-5733, C.T. 5309, C.T. 5310 y C.T. 5311-as-gf
EXP: ATI-2002-10
Visto el expediente incoado en esta Oficina Territorial Ref. L-5733, C.T. 5309, C.T. 5310 y C.T. 5311 a petición de Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A., con domicilio en BIlbao, c/ Gardoqui-8, solicitando autorización administrativa y aprobación del proyecto de ejecución para la instalación eléctrica de referencia citada y cumplidos los trámites reglamentarios ordenados en el Capítulo II del Titulo VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre (BOE 27/12/2000), por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica en concordancia con lo establecido en la Disposición final primera del mismo texto, y de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 21/92 , de 16 de Julio, de Industria.
Visto el proyecto presentado, firmado por D.Asier Goiri López de Arkaute, y visado por el Colegio Oficial de Ingenieros Industriales de Bizkaia, el 11-11-2002 con el n.º 4191.
El Director de Energia, en virtud de las atribuciones conferidas en el Decreto 223/2001, de 16 de octubre, por el que se establece la Estructura Orgánica y Funcional del Departamento de Industria, Comercio y Turismo (BOPV 24-10-2001):
RESUELVE:
Autorizar a Iberdrola Distribución Eléctrica, S.A. la instalación y aprobar el proyecto de ejecución de una línea eléctrica y centros de transformación, en los términos municipales de Ortuella y Abanto y Ciérvana, cuyas principales características son las siguientes:
Línea eléctrica aérea, doble circuito.
–Tensión de servicio: 30 kV.
–Conductores: 6 LA-175 de aluminio.
–Apoyos: Metálicos.
–Longitud: 169 m.
–Origen: Apoyo n.º T-13=0 de la línea Ortuella-Abanto I y II.
–Final: Apoyo n.º T-1 de la derivación de la misma línea.
Línea eléctrica aérea, simple circuito.
–Tensión de servicio: 13,2 kV.
–Conductores: 3 de AL-AC, tipo LA-56 (54,6 mm2).
–Apoyos: Metálicos.
–Longitud: 113 m.
–Origen: Apoyo n.º T-8 de la línea STR Ortuella-Gallarta Cto. 8.
–Final: Apoyo n.º T-1 de la línea Ortuella-Abanto I y II.
Linea eléctrica subterránea,
– Tensión de Servicio: 30 kV.
– Conductores: 3 (1x240) mm2. de aluminio.
– Longitud: 1570 m.
– Origen: Apoyo T-1 de la derivación de la línea Ortuella-Abanto I y II.
– Final: C.T. n.º 1 Polígono Abra Industrial 1.
Linea eléctrica subterránea,
– Tensión de Servicio: 30 kV.
– Longitud: 295 m.
– Origen: C.T. n.º 1 Polígono Abra Industrial 1.
– Final: C.T. n.º 2 Polígono Abra Industrial 2.
Linea eléctrica subterránea,
– Tensión de Servicio: 30 kV.
– Longitud: 255 m.
– Origen: C.T. n.º 2 Polígono Abra Industrial 2.
– Final: C.T. n.º 3 Polígono Abra Industrial 3.
Linea eléctrica subterránea,
– Tensión de Servicio: 13,2 kV.
– Longitud: 840 m.
– Origen: Apoyo T-1 de la línea Ortuella-Abanto I y II.
– Final: Apoyo T-9033 de la línea STR Ortuella-Gallarta Cto. 8.
Centro de transformaciòn n.º 1 denominado Polígono Abra Industrial 1:
– Tipo: Caseta prefabricada
– Transformadores:
	Cantidad	Potencia	Refrigeración	Relación de
		(kva)		Transformación
	2	630	aceite	30/0,42 kV.
Centro de transformaciòn n.º 2 denominado Polígono Abra Industrial 2:
– Tipo: Caseta prefabricada
– Transformadores:
	Cantidad	Potencia 	Refrigeración	Relación de
		(kva)		Transformación
	2	630	aceite	30/0,42 kV.
Centro de transformaciòn n.º 3 denominado Polígono Abra Industrial 3:
– Tipo: Caseta prefabricada
– Transformadores:
	Cantidad	Potencia 	Refrigeración	Relación de
		(kva)		Transformación
	2	630	aceite	30/0,42 kV.
Esta resolución se concede de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre y con las condiciones generales siguientes:
1. Las obras deberán realizarse de acuerdo con el proyecto aprobado, con las variaciones que en su caso se soliciten y autoricen.
2. El titular de las instalaciones tendrá en cuenta, para su ejecución el cumplimiento de los condicionados técnicos establecidos por los siguientes Organismos: —-.
3. El plazo de puesta en marcha será de un año contado a partir de la presente resolución.
4. El titular de las instalaciones dará cuenta de la terminación de las obras a la Oficina Territorial de Bizkaia , a efectos de reconocimiento definitivo y extensión del acta de puesta en marcha.
5. La presente resolución se otorga sin perjuicio e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial y otros necesarios para la realización de las obras, no relevándose al peticionario de la obligación de obtener las mismas. Asi mismo, se concede sin perjuicio de posibles derechos de terceros y dejando a salvo el derecho de propiedad.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la via administrativa, se podrá interponer Recurso de Alzada ante el Viceconsejero de Administración y Planificación, en el plazo de un mes a partir del dia siguiente al de la notificación de esta resolución, todo ello en virtud de lo establecido en la Ley 4/1999, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Vitoria-Gasteiz, 23 de octubre de 2003.
El Director de Energía,
TXABER LEZAMIZ CONDE.