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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 222, jueves 13 de noviembre de 2003


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Otras Disposiciones

Vivienda y Asuntos Sociales
6111

RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2003 del Director de Servicios del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco por la que se resuelve el recurso de alzada presentado por D. José Ramón Mendiguren Gaviña en el expediente EB1-00022/00-LE.

ANTECEDENTES

1.º Al amparo del expedientes EB1-00022/00-LE, se inició mediante Orden del Consejero de Vivienda y Asuntos Sociales de fecha 10 de febrero de 2003, el procedimiento administrativo de adjudicación de 138 viviendas de protección oficial en la parcela EAR 10 del polígono de Ibaiondo A y EAR 10 del polígono Ibaiondo B, en el municipio de Vitoria-Gasteiz, a favor de aquellos solicitantes en quienes concurrieran las condiciones reglamentariamente establecidas, y se procedió a publicar la Orden meritada en el BOPV el 17 de febrero de 2003.

2.º Mediante Resolución del Delegado Territorial en Alava del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales, con fecha 21 de febrero de 2003, se aprobaron las listas de admitidas/os y de excluidas/os del procedimiento de referencia.

3.º Con fecha 20 de marzo de 2003, D.José Ramón Mendiguren Gaviña interpone recurso de alzada contra la anterior Resolución, mostrando su disconformidad con la misma. Solicita la revisión de la resolución recurrida.

Sobre la base de estos Antecedentes, se formulan los siguientes

FUNDAMENTOS

1.º El Director de Servicios de este Departamento es el órgano competente para resolver el recurso de alzada que se examina de conformidad con lo establecido en el Decreto 40/2002 de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Vivienda y Asuntos Sociales del Gobierno Vasco, y el recurso ha sido interpuesto de acuerdo con lo previsto en la Ley 30/1992 de 26 de noviembre sobre Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

2.º El régimen legal aplicable es el establecido en el Decreto 315/2002 de 30 de diciembre, sobre régimen de vivienda de protección oficial y medidas financieras en materia de vivienda y suelo, la Orden de 14 de junio de 2002, de procedimiento de adjudicación de viviendas de protección oficial, y la Orden de 10 de febrero de 2003, por la que se determinan diversas especificaciones para la adjudicación de 138 viviendas de protección oficial en la parcela EAR 10 del polígono de Ibaiondo A y EAR 10 del polígono Ibaiondo B, en el municipio de Vitoria-Gasteiz.

3.º El artículo 17 del Decreto 315/2002, de 30 de diciembre, dispone que alguno de los futuros titulares habrá de estar empadronado, con una antigüedad mínima de un año anterior a la fecha de publicación de la Orden de inicio del procedimiento de adjudicación de viviendas, en cualquiera de los municipios declarados interesados de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

4.º El Dispongo Segundo de la Orden de 10 de febrero de 2003, declara municipios interesados en el expediente todos los correspondientes al Area funcional de Alava central. Dado que el recurrente acreditada su residencia de más de un año en el municipio de Ribera-Alta, procede estimar el recurso.

A la vista de los Fundamentos expuestos, las disposiciones legales citadas y demás concordantes y de general aplicación

RESUELVO:

Estimar el recurso de alzada interpuesto por D.José Ramón Mendiguren Gaviña contra Resolución del Delegado Territorial en Alava de este Departamento recaída en el expediente EB1-00022/00-LE, por la que se aprueba la lista de admitidos y excluidos en la promoción de 138 viviendas de protección oficial en EAR 10 del polígono de Ibaiondo A y EAR 10 del polígono Ibaiondo B, en el municipio de Vitoria-Gasteiz, disponiendo que por la mencionada Delegación Territorial se proceda a incluir su solicitud en la lista de admitidos de la promoción de referencia.

La presente Resolución agota la vía administrativa, si bien cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución.

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de abril de 2003.

El Director de Servicios del Departamento

de Vivienda y Asuntos Sociales,

MIKEL ARANA ECHEZARRETA.


Análisis documental