Sede electrónica

Consulta

Consulta simple

Servicios


Último boletín RSS

Boletin Oficial del País Vasco

N.º 217, jueves 14 de noviembre de 2002


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

Autoridades y Personal

Justicia, Empleo y Seguridad Social
6447

ORDEN de 25 de octubre de 2002, del Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social, por la que se otorgan destinos correspondientes al concurso de traslados de 18 de julio de 2002, por el que se ofertaban plazas vacantes en Secretarías de Juzgados de Paz en la Comunidad Autónoma del País Vasco, entre funcionarios del Cuerpo a extinguir de Secretarios de Paz de mas de 7000 habitantes y del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia.

Visto el expediente instruido como consecuencia del concurso de traslados convocado por Orden de 18 de julio de 2002 (BOE de 31 de julio de 2002 y BOPV 20 de septiembre de 2002), para cubrir plazas vacantes en Secretarías de Juzgados de Paz, entre Secretarios de Paz de mas de 7000 habitantes y del Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 455, 481 y 494 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio del Poder Judicial, el Reglamento Orgánico de Secretarios de la Justicia Municipal aprobado por Decreto de 12 de junio de 1970 y el Capitulo III del Titulo IV del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, he dispuesto:

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Primero.– Hacer públicos los destinos que con carácter definitivo han sido adjudicados a los funcionarios que han participado en el concurso de traslados convocado por Orden de fecha mencionada anteriormente, que se corresponden con los relacionados en el Anexo I de la Orden de convocatoria.

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Segundo.– Declarar caducadas las instancias presentadas por los participantes en el presente concurso que no han obtenido destino, por lo que no serán tenidas en cuenta en futuros concurso de traslados.

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Tercero.– Declarar desiertas las plazas no adjudicadas en el presente concurso, salvo que se pretendan amortizar ante modificación de la plantilla orgánica o reordenación de efectivos de un Centro de Trabajo, por lo que se cubrirán en la forma prevista en el artículo 458 de la Ley Orgánica del Poder Judicial por funcionarios de nuevo ingreso.

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2> <P ALIGN="JUSTIFY">Cuarto.– El cese deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta Orden el Boletín Oficial del Estado, debiendo posesionarse del nuevo destino obtenido por concurso en los tres días naturales siguientes al cese, si no hay cambio de localidad, o en los diez días naturales siguientes, en caso contrario. El plazo posesorio será retribuido por la Administración competente respecto a la plaza obtenida en concurso.

Si la Resolución comporta reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en el Cuerpo de Oficiales, el plazo posesorio deberá computarse desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del Estado, pero en el presente caso dicho plazo no resulta retribuido, ya que se produce antes de formalizarse el reingreso en el Cuerpo de Oficiales y, por tanto, no puede ser computado como de servicios efectivos.

En el caso de que los funcionarios reingresados por medio del presente concurso se encontraran en activo en otro Cuerpo y no quisieran que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar al Presidente, Juez, Fiscal o Jefe del Organismo de su actual destino un permiso retribuido de un día si no hay cambio de localidad, o de dos en caso contrario, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días (artículo 66.1.g. del Reglamento Orgánico) teniéndolos por cesados en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso.

Por el Ilmo. Sr. Director de Recursos Humanos, dentro de su ámbito territorial, se les concederá la excedencia de oficio en el Cuerpo de procedencia si ésta se produce en un Cuerpo al Servicio de la Administración de Justicia, en cuyo destino se les tendrá por cesados con la fecha anterior a la de su posesión en el Cuerpo de Oficiales, al objeto de evitar la interrupción en la percepción de sus haberes.

Los funcionarios interinos que actualmente ocupen las plazas que han sido adjudicadas, cesarán como consecuencia de la posesión del titular.

Contra la presente Orden podrán los interesados interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, ante el Excmo. Sr. Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo del domicilio del recurrente o de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses. En ambos casos el plazo se contará desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Si transcurriese un mes desde la interposición del recurso potestativo de reposición sin que recaiga resolución expresa se podrá entender desestimado el mismo, pudiéndose interponer recurso contencioso-administrativo en los términos citados anteriormente.

En Vitoria-Gasteiz a, 25 de octubre de 2002.

El Consejero de Justicia, Empleo y Seguridad Social,

JOSEBA AZKARRAGA RODERO.

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" SIZE=2>

ANEXO I

<FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" <P ALIGN="JUSTIFY">DNI&#9;APELLIDOS Y NOMBRE&#9;A&#9;M&#9;D&#9;IDI&#9;INF&#9; TOTAL&#9;ESCALAFÓN&#9;PREFERENCIA&#9;DESTINO ACTUAL&#9;DESTINO ADJUDICADO

&#9; <FONT FACE="I Garamond 3 Italic,Times New Roman" &#9;&#9;&#9;&#9; &#9;&#9;&#9;&#9;&#9;CATEGORÍA&#9;CATEGORÍA

14955403&#9;LARREA HERNANDO, &#9;14&#9;3&#9;29&#9;2&#9;0&#9; 16,331&#9;2372&#9;DERECHO&#9;JZDO. VIGILANC. &#9;JZDO. PAZ BASAURI

&#9;Mª LUISA&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;PENIT. BILBAO. VIZCAYA &#9;&#9;VIZCAYA (OF. SECRET.)&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;(OFICIAL)

15866115&#9;LASA MARTÍNEZ, &#9;3&#9;2&#9;25&#9;0&#9;0&#9;3, 236&#9;8637&#9;OF. SECRET.&#9;JZDO DE PAZ ORDIZIA &#9;JZDO. PAZ USURBIL

&#9;JUAN JOSÉ&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;GUIPUZCOA (OFICIAL)&#9;GUIPUZCOA (OF. SECRET)&#9;

14252124&#9;MARTÍNEZ PICO, &#9;4&#9;11&#9;23&#9;0&#9;0&#9;4, 981&#9;8062&#9;OFICIAL&#9;JZDO. 1ª INST. E INSTR. &#9;JZDO. PAZ (A.M.)

&#9;EDUARDO&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;3 DURANGO VIZCAYA &#9;ZAMUDIO VIZCAYA

&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;&#9;(OFICIAL)&#9;(OF. SECRET.)&#9;


Análisis documental